La Inspección General de Justicia (la “IGJ”) resolvió que los Clubes de Campo y conjuntos inmobiliarios inscriptos como asociaciones bajo forma de sociedad, de conformidad con el Artículo 3° de la Ley General de Sociedades N° 19.550 (los “Conjuntos Inmobiliarios”), deberán organizarse bajo el régimen de propiedad horizontal. A través de la Resolución General IGJ […]