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Mediante las Resoluciones N° 398/2023 y N° 399/2023, publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina en fecha 08 de mayo de 2023, el Ente Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó los cuadros tarifarios que se aplicarán a los usuarios residenciales Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3, los que entrarán en vigencia a partir de las 0:00 horas del 01/05/2023, de la Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte S.A. (EDENOR S.A.) y la Empresa Distribuidora Sur S.A. (EDESUR S.A.).

Asimismo, el Ente instruyó a ambas empresas a tener en cuenta los cuadros tarifarios establecidos para los usuarios residenciales de Nivel 2 para las Entidades de Bien Público comprendidas en la Ley N° 27.218 y para el cálculo de la tarifa social. Como así también, a calcular el monto del subsidio correspondiente de acuerdo al consumo mensual de cada usuario teniendo en cuenta los valores contenidos en los Anexos de cada Resolución. El monto del subsidio deberá ser identificado de manera destacada como “Subsidio Estado Nacional” en la sección de la factura que contiene la información al usuario.

Informó también que a partir de las 0:00 horas del 01/05/2023, el valor de la tarifa media asciende a 18,043 $/kWh para EDENOR y a 18,023 $/kWh para EDESUR.

Por otro lado, aprobó las tarifas que deberán aplicar ambas empresas para los Clubes de Barrio y del Pueblo (CdByP) que integran el listado que confecciona al respecto el Ministerio de Turismo y Deportes, de acuerdo a lo dispuesto en el Informe Nº IF-2023-20603395-APN-ARYEE#ENRE que forma parte integrante de la Resolución ENRE N° 240/2023 que serán aplicables a partir de las 0:00 horas del 01/05/2023.

Y por último, aprobó las Tarifas de Inyección para Usuarios-Generadores de ambas empresas y, los valores tarifarios de aplicación para el sistema de medición autoadministrada para el caso de EDENOR.

Acceda el texto completo de la norma aquí.


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