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La Secretaría de Energía convoca a Licitación Pública Nacional e Internacional de Etapa Múltiple para la concesión de la obra AMBA I

Mediante la Resolución 202/2026 (B.O. 12/08/2026), la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía aprobó el llamado a Licitación Pública y convocó a interesados en ofertar para el otorgamiento de una concesión de obra pública destinada a la construcción, operación y mantenimiento de la obra de ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión “AMBA I”, bajo el régimen de la Ley 17.520. El procedimiento se desarrollará a través de la plataforma CONTRAT.AR., bajo el N° de expediente 34-0003-LPU26. Asimismo, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus anexos.

I. Marco regulatorio

La iniciativa se enmarca en:

1) El nuevo esquema de ampliación del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) mediante concesiones de obra pública y en la política de promoción de inversión privada en infraestructura eléctrica.

2) AMBA I había sido declarada obra prioritaria por la Resolución 715/2025 del Ministerio de Economía y posteriormente ratificada para su ejecución bajo el régimen de la Ley 17.520.

3) El marco regulatorio previo se conformó con la Resolución SE 311/2025 que Instruyó a la Subsecretaría de Energía Eléctrica a elaborar el nuevo apartado del Título VI del “Reglamento de Acceso a la Capacidad Existente y Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica”  para contemplar esta modalidad y a preparar los pliegos y estableció que estas ampliaciones podrán solventarse mediante una tarifa por ampliación de transporte instruyendo a CAMMESA a asistir a la Secretaría de Energía en la determinación de los usuarios beneficiarios de las obras.

4) El Decreto 921/2025 ratificó el encuadre de las obras prioritarias bajo la Ley 17.520, a título gratuito y mediante licitación pública nacional e internacional, delegando en la Secretaría de Energía las facultades necesarias para llevar adelante los procesos licitatorios y contractuales.

5) Por su parte, la Resolución SE 83/2026 incorporó efectivamente el Apartado 2.6 del Título VI al Reglamento de Acceso a la Capacidad Existente y Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica, dentro del Anexo 16 de Los Procedimientos. Además, modificó el inciso e) del Apartado 5.6 del Capítulo 5 de Los Procedimientos para incluir expresamente los pagos correspondientes a las ampliaciones COP dentro de la prelación de pago aplicable a las acreencias de los prestadores del servicio público de transporte en alta tensión y por distribución troncal, constituyendo uno de los avances del régimen en términos de bancabilidad.

6) De acuerdo con los fundamentos de la Resolución SE 202/2026, la ejecución de estas obras permitirá mejorar las condiciones de abastecimiento del Gran Buenos Aires (GBA), así como la seguridad y confiabilidad del área y del SADI en general.

II. Principales aspectos de la licitación

A continuación, se resumen los principales aspectos de la licitación:

  • Objeto y alcance de la licitación. La concesión comprende la construcción de AMBA I y su posterior operación y mantenimiento. La obra se encuentra estructurada en 2 etapas, integradas por distintos lotes, cuya ejecución podrá desarrollarse total o parcialmente en forma paralela. El proyecto contempla aproximadamente 270 km de nuevas líneas de transmisión en 500 kV, 220 kV y 132 kV, una nueva Estación Transformadora en Plomer de 500/220/132 kV, sistemas de compensación reactiva y obras complementarias de conexión. El plazo máximo previsto para la construcción es de 52 meses.
  • Procedimiento de selección. La licitación se desarrollará bajo la modalidad de etapa múltiple. En una primera instancia se analizará la documentación y el cumplimiento de los requisitos legales, técnicos y económico-financieros exigidos para la precalificación. Superada esa etapa, se procederá a la apertura y evaluación de las ofertas económicas de los oferentes precalificados. La Secretaría de Energía prevé completar la evaluación, la apertura del Sobre N° 2 y la adjudicación durante los primeros meses de 2027.
  • Participación de los oferentes. Los oferentes deberán estar inscriptos y validados como usuarios externos de CONTRAT.AR y acreditar, entre otros aspectos, su constitución de conformidad con la legislación aplicable, composición societaria y capacidad para contratar. Cuando el oferente esté integrado por 2 o más personas, cada integrante deberá cumplir los requisitos de admisibilidad establecidos en los Documentos Licitatorios.
  • Experiencia técnica. Para la construcción de la obra deberá acreditarse experiencia específica durante los últimos 15 años en el diseño, construcción o suministro e instalación integral de obras similares de líneas de alta tensión y estaciones transformadoras de 500 kV o superiores, además de al menos 1 contrato de diseño y construcción de obras similares concluido satisfactoriamente durante ese período. Los Documentos Licitatorios admiten, bajo determinadas condiciones, que los requisitos técnicos sean acreditados mediante sociedades relacionadas, personal clave o contratistas nominados. Para la operación y mantenimiento se exige experiencia en líneas y estaciones transformadoras de 500 kV durante los últimos 10 años, que deberá ser acreditada por el concesionario en los términos del Contrato COP.
  • Capacidad económico-financiera. Para ser precalificados, los oferentes deberán acreditar un patrimonio neto mínimo igual o superior al 25% del Valor de Referencia de la Inversión incluido en la oferta económica y acompañar los estados contables correspondientes a los últimos 3 ejercicios cerrados. El requisito podrá acreditarse por el propio oferente, mediante una sociedad relacionada o, en determinados esquemas asociativos, mediante un Socio Estratégico, sujeto a las condiciones de participación y permanencia previstas en los pliegos.
  • Garantías. La oferta deberá estar acompañada por una Garantía de Mantenimiento de Oferta de USD 40.000.000, con una vigencia no inferior a 180 días desde su presentación. Durante la ejecución contractual se prevén, entre otras, una Garantía de Ejecución equivalente al 10% de la Remuneración COP Total y, posteriormente, una Garantía de Operación y Mantenimiento equivalente al 2,5% de dicha remuneración, conforme las condiciones establecidas en el Contrato COP.
  • Oferta económica y RIGI. La oferta económica deberá incluir la Remuneración COP Total pretendida para todo el plazo de remuneración, el Valor de Referencia de la Inversión y determinados parámetros económico-financieros considerados para su formulación. El valor máximo de la Remuneración COP Total y otros parámetros serán informados mediante circulares. Asimismo, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares prevé que los oferentes deberán contemplar en sus ofertas la incidencia del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) y habilita al preadjudicatario a solicitar la adhesión del proyecto al régimen, sujeto al cumplimiento de sus requisitos legales y reglamentarios.
  • Concesionario y obligaciones principales. Antes de la suscripción del Contrato de Concesión de Obra Pública (Contrato COP), el preadjudicatario deberá constituir e inscribir en la República Argentina una sociedad anónima de propósito específico, que revestirá el carácter de concesionario. Entre sus principales obligaciones se encuentran elaborar la ingeniería de detalle, proveer los materiales y equipos, ejecutar y financiar las obras, obtener los permisos y autorizaciones a su cargo, cumplir las obligaciones ambientales y sociales y constituir las garantías previstas contractualmente.
  • Remuneración del concesionario. El esquema contractual prevé que el concesionario pueda comenzar a percibir la remuneración vinculada a la construcción a medida que se complete al menos un lote de cada etapa, sin quedar necesariamente supeditado a la finalización integral de AMBA I. La Remuneración COP Mensual será abonada por la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA), contará con la prioridad de pago prevista en Los Procedimientos para las acreencias del transporte eléctrico y tendrá un plazo máximo de remuneración de 7 años desde la habilitación comercial. La Remuneración COP Total se financiará mediante una tarifa específica aplicable a los usuarios beneficiarios de la obra y se ajustará conforme a la variación del Producer Price Index (PPI) de los Estados Unidos.
  • Operación y mantenimiento. Alcanzada la habilitación comercial, las instalaciones correspondientes al sistema de transporte de energía eléctrica en alta tensión o por distribución troncal serán operadas y mantenidas por el concesionario bajo el carácter de Transportista Independiente, conforme a la Licencia Técnica y a los convenios aplicables con TRANSENER y TRANSBA. Por esta actividad, percibirá la correspondiente tarifa regulada de transporte independiente.
  • Aporte financiero y equipamiento. El concesionario podrá recibir un aporte financiero de hasta USD 55.000.000, cuyo monto definitivo será establecido mediante circular, con fondos provenientes de la Cuenta de Exportaciones del Fondo de Estabilización del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y desembolsados por CAMMESA contra el cumplimiento de determinados hitos y garantías. Asimismo, se contempla que CAMMESA pueda adquirir determinados equipos y servicios asociados para su posterior cesión al concesionario, cuyos detalles serán incorporados a la licitación mediante circular.
  • Potencial garantía del BID. El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) se encuentra analizando la estructuración de una potencial garantía destinada a respaldar los pagos correspondientes al concesionario. Según la Resolución, el instrumento podría tener una vigencia de hasta 25 años y cubrir hasta 6 meses del pago de la remuneración. Su instrumentación permanece sujeta a las aprobaciones internas del BID y a los términos que posteriormente sean incorporados a la licitación mediante circular.
  • Equilibrio económico-financiero y financiamiento. El Contrato COP incorpora mecanismos destinados a preservar la ecuación económico-financiera de la concesión frente a determinados supuestos previstos contractualmente, así como disposiciones relativas a la participación de acreedores garantizados.
  • Acceso a la documentación y diligencia del oferente. Los Documentos Licitatorios y la información relevante para el procedimiento se encuentran disponibles a través de CONTRAT.AR. La Resolución establece expresamente que corresponde a los interesados realizar su propia investigación y análisis diligente de la documentación y que el Estado Nacional no admitirá reclamos vinculados con el contenido del portal o con el desconocimiento de la información allí disponible.
  • Solución de controversias. Las controversias técnicas, económicas o patrimoniales que no puedan resolverse mediante negociación podrán ser sometidas a un Panel Técnico y, posteriormente, a arbitraje conforme al Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI). En determinados supuestos que involucren al concesionario, sus accionistas o acreedores garantizados extranjeros y controversias superiores a USD 500.000 o de monto no cuantificable, se contempla la posibilidad de que la sede arbitral sea Montevideo, República Oriental del Uruguay; en los restantes casos, la sede será la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Cronograma previsto. Las ofertas deberán presentarse mediante CONTRAT.AR a los 120 días desde la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial. El plazo y horario para la realización de consultas a los pliegos es de treinta (30) días antes de la apertura de las ofertas, a las 17:00 horas.

La Resolución 202/2026 entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Acceda al texto completo en el Boletín Oficial: BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA – Resolución 202/2026


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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