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Creación del Programa Edificios Públicos Sostenibles para los organismos del sector público nacional

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación (MAyDS), como Autoridad de Aplicación del Decreto N° 31/23 que declara prioritaria la política pública nacional correspondiente al manejo y gestión sostenible de los recursos utilizados por los organismos del Sector Público Nacional (SPN) y en uso de las facultades que el mismo le confiere, dictó la Resolución N° 107/2023, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina en fecha 21 de marzo de 2023, mediante la cual resolvió la creación del “Programa Edificios Públicos Sostenibles para los Organismos del Sector Público Nacional” (en adelante “el Programa”), en la órbita de la Unidad Gabinete de Asesores del MAyDS que fue creado mediante el Decreto N° 124/21, cuyo objetivo general es promover el manejo y gestión sostenible de recursos mediante buenas prácticas sostenibles de consumo y habitabilidad de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 31/23.

 

I. Objetivos del Programa

a. Promover el manejo y gestión sostenible de recursos a través de la incorporación de buenas prácticas sostenibles de consumo y habitabilidad en el SPN.

b. Reducir el impacto ambiental generado por las actividades que se desarrollan en los edificios públicos del SPN.

c. Brindar asistencia a los organismos del SPN en sus procesos de implementación de buenas prácticas sostenibles de consumo y habitabilidad.

d. Otorgar distintivos que destaquen el compromiso de los organismos del SPN con la sostenibilidad en los edificios públicos donde éstos desarrollan su actividad.

 

II. Metodología para su implementación:

1º. Preparación entorno sostenible: en esta fase se realiza el relevamiento de información y estado de situación de cada organismo respecto de los objetivos del programa.

2º. Evaluación y diagnóstico: en esta fase, los organismos a través de los responsables de sostenibilidad, completarán una evaluación de auto diagnóstico que permitirá al MAyDS conocer el estado de sostenibilidad del organismo.

3º. Presentación de Plan de Acción de Mejora: con el resultado de la fase 2, el organismo implicado debe elaborar un plan de acción de mejora teniendo en cuenta las buenas prácticas sostenibles enumeradas en la guía de implementación que se aprueba por la presente.

4º. Seguimiento y monitoreo: en esta etapa, el MAyDS a través de la Unidad Ejecutora realiza un seguimiento y monitoreo del avance en la implementación de buenas prácticas sostenibles de consumo y habitabilidad por parte de los organismos.

5º. Otorgamiento de Distinción: en esta fase, el MAyDS otorga un distintivo de sostenibilidad a los organismos públicos de acuerdo al grado de avance de implementación de las buenas prácticas sostenible de consumo y habitabilidad teniendo en cuenta los plazos máximos de 2 y 6 años establecidos en el artículo 5° del Decreto 31/23.

 

III. Designación de Responsable de Sostenibilidad

Se solicitó a la Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados, las Empresas y Sociedades del Estado y a los Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional la designación de un responsable de sostenibilidad en su jurisdicción con jerarquía no menor a Director, el cual arbitrará como nexo ante la Unidad Ejecutora del Programa. Caso contrario, el responsable de sostenibilidad será la máxima autoridad del Organismo o Jurisdicción.

 

IV. Guía de Implementación

A su vez, se aprobó como Anexo I de la Resolución, la Guía de Implementación de Edificios Públicos Sostenibles en donde se establecen los requisitos para la obtención de los distintivos “Organismo Público Comprometido con la Sostenibilidad” y “Organismo Público Sostenible” establecidos en el Decreto N° 31/23, al enumerar las buenas prácticas sostenibles y de habitabilidad a implementar y los plazos máximos para hacerlo.

La decisión se fundamentó en los compromisos internacionales asumidos por el Estado, las leyes nacionales dictadas en consecuencia y en la obligación de llevar adelante la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. En el entendimiento que la medida contribuirá a la aplicación efectiva del desarrollo sostenible, lo cual implica la reducción del impacto ambiental, el uso racional y eficiente de los recursos, la transición hacia una economía que tenga en cuenta los ciclos de la naturaleza y el fortalecimiento del conjunto de la sociedad.

Acceda el texto completo de la norma aquí


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