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El Ministerio de Economía adjudica la venta de la participación estatal del 90 % en AySA

Mediante la Resolución 1818/2026 (B.O. 22/10/2026), el Ministerio de Economía adjudicó la venta de la totalidad de las acciones de titularidad del Estado Nacional en Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA), representativas del 90 % de su capital social, por USD 340,2 millones, sin IVA. La adjudicación recayó en el oferente integrado por Rowing S.A., Arcos Saneamento e Participacoes S.A., PHX AQUA AR BV y Transclor S.A., que obtuvo el primer lugar en el orden de mérito de la Licitación Pública Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504/2-0003-LPU26.

AySA fue declarada sujeta a privatización por la Ley 27.742, y el procedimiento para su privatización fue autorizado mediante el Decreto 494/2025. Posteriormente, la Resolución 704/2026 autorizó el llamado a licitación pública nacional e internacional para la venta de las acciones estatales a un operador estratégico y aprobó el correspondiente Pliego Único de Bases y Condiciones. En la primera etapa se seleccionaron dos ofertas para continuar en el procedimiento y presentar sus propuestas económicas.

Las ofertas económicas se abrieron el 8 de octubre de 2026. La Comisión de Evaluación recomendó el orden de mérito y su dictamen no recibió impugnaciones dentro del plazo previsto. La Resolución aprobó lo actuado en la segunda etapa y ubicó en segundo lugar al oferente integrado por Roggio Roas S.A.U., Hidrosan Capital S.A.U., Aguas del Plata Participaciones S.A., Benito Roggio e Hijos S.A. y Central Buen Ayre S.A., cuya propuesta ascendió a USD 285 millones, sin IVA.

La Resolución también rectificó el modelo de Contrato de Compraventa de Acciones para precisar que la operación comprende 135.000 acciones ordinarias escriturales Clase A, representativas del 90 % del capital social y de los votos de AySA, con un valor nominal de $1.000 cada una.

Asimismo, fijó el 13 de noviembre de 2026 como fecha límite para la suscripción del Contrato de Compraventa de Acciones e instruyó a la Tesorería General de la Nación a notificar al adjudicatario la cuenta bancaria a la que deberá transferir el precio de la operación. La adjudicación no implica, por sí sola, la transferencia efectiva de las acciones, que requiere la instrumentación de la compraventa.

La medida entró en vigencia a partir de su dictado.

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