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El ENReGE inscribió a Quintana E&P Argentina como almacenador subterráneo de gas natural

Mediante la Resolución 776/2026 (B.O. 15/10/2026), el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) dispuso la inscripción de Quintana E&P Argentina S.R.L. en el Registro de Almacenadores de Gas Natural de la República Argentina (RAGNar), en la Categoría IV: Almacenador Subterráneo, Subcategoría a) Yacimientos Depletados, de conformidad con el Reglamento para el Almacenaje de Gas Natural aprobado por la Resolución ENARGAS 41/2025.

La figura del almacenador fue incorporada expresamente al marco regulatorio del gas natural por la Ley 27.742 (Ley Bases), que modificó la Ley 24.076 para promover nuevas actividades en el sector, entre ellas el almacenamiento subterráneo de gas natural en yacimientos. La reforma brindó sustento legal específico a la actividad y habilitó su posterior desarrollo reglamentario, incluida la definición de las condiciones de autorización, registro y operación aplicables a los almacenadores. Asimismo, esta figura aporta mayor flexibilidad al sistema gasífero, fuertemente condicionado por la estacionalidad de la demanda, al permitir el almacenamiento de gas durante los períodos de menor consumo para su utilización en los picos estacionales.

El Reglamento establece las condiciones, procedimientos y requisitos aplicables a quienes presten servicios de almacenaje de gas o desarrollen actividades de almacenaje móvil, incluyendo la inscripción en el RAGNar y la designación de uno o más Responsables Técnicos de Almacenaje (RTA) para las instalaciones correspondientes. En el marco del trámite, el organismo verificó el cumplimiento por parte de Quintana E&P Argentina S.R.L. de los requisitos societarios, registrales y documentales exigidos por la normativa vigente.

Entre otros aspectos, el ENReGE analizó la composición societaria de la solicitante y las declaraciones juradas relativas a incompatibilidades, procesos concursales, deudas impositivas o previsionales, inhabilitaciones y conflictos de interés. Asimismo, las áreas técnicas competentes informaron que la empresa había cumplido con los restantes requisitos previstos en el Reglamento y abonado el correspondiente derecho de inscripción.

La inscripción permanecerá vigente mientras Quintana E&P Argentina S.R.L. mantenga el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento, sus modificaciones y la normativa técnica y de seguridad aplicable. La Unidad de Innovación y Normalización deberá comunicar a la empresa el número de registro correspondiente.

Acceda al texto completo en el Boletín Oficial: Resolución 776/2026 – Boletín Oficial


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