enes +5411 4346-1000
·
info@eof.com.ar

La Secretaría de Energía actualizó el precio del biodiesel destinado a la mezcla obligatoria con gasoil

Mediante la Resolución 123/2026 (B.O. 01/06/2026), la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía fijó en pesos un millón ochocientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos veinticuatro ($1.858.424) por tonelada el precio de adquisición del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil, en el marco de la Ley 27.640, para las operaciones a llevarse a cabo durante el mes de junio de 2026, y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.

La norma se dicta en el marco del régimen previsto por la Ley 27.640, que aprobó el Marco Regulatorio de Biocombustibles y comprende las actividades de elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de biocombustibles. Dicha ley designó a la Secretaría de Energía como Autoridad de Aplicación, atribuyéndole, entre otras funciones, la facultad de determinar y publicar, con la periodicidad que estime correspondiente según la evolución de la economía, los precios a los cuales debe comercializarse el biodiesel destinado a la mezcla obligatoria con combustibles fósiles.

La Resolución 123/2026 responde a las actuales condiciones del mercado de biodiesel, que, según la autoridad de aplicación, justifican una nueva determinación del precio conforme al procedimiento vigente. En consecuencia, el nuevo valor fijado por la norma deberá ser utilizado para las operaciones de comercialización de biodiesel en el mercado interno destinadas al cumplimiento de la mezcla obligatoria con gasoil.

La resolución también establece que el plazo de pago del biodiesel no podrá exceder, en ningún caso, los siete días corridos contados desde la fecha de la factura correspondiente.

La medida entró en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Acceda al texto completo en el Boletín Oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/342634/QR


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

Para más información comunicarse con:

Agustín Siboldi – SiboldiA@eof.com.ar

Jorge Muratorio – MuratorioJ@eof.com.ar

Ana Belen Micciarelli – MicciarelliA@eof.com.ar

Nives Fornarini Costa – FornarinicostaN@eof.com.ar