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Resolución 210/2021 del ENARGAS que obliga a las distribuidoras de gas a incluir en las facturas el plan de facilidades de pago

El ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (en adelante “ENARGAS”) a través de la Resolución 210/2021, publicada en el Boletín Oficial el 19 de julio de 2021, obliga a las prestadoras de servicio de distribución de gas a incluir en la factura de consumo, el plan de facilidades de pago (en adelante el “Plan”) para quienes se hallan acogido al beneficio en el que se estableció que no podrían suspenderse o cortarse los servicios en caso de mora o falta de pago de hasta SIETE (7) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020, para determinados usuarios y/o usuarias (cfr. Dec. 311/20 y modificatorias).

Dicho Plan, abarca tanto a usuarios residenciales como no residenciales y se establece que se habilitará al corte del suministro (cfr. Dec N° 2255/92 – “Reglamento de Servicios de Distribución”), a quienes se encuentren en falta de pago o mora en el pago de TRES (3) cuotas consecutivas o SEIS (6) alternas.

A su vez, las empresas prestadoras de servicio público de distribución de gas natural, deberán permitir y habilitar al usuario/a la cancelación de las deudas que se hubieren generado en el plazo de vigencia del Decreto 311/20, a través del Plan de hasta TREINTA (30) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con la posibilidad de abonarlas en una cantidad menor de cuotas.

Las empresas mencionadas anteriormente, podrán extender las condiciones del Plan a deudas adquiridas fuera del plazo de vigencia del Decreto 311/20 e incluir a usuarios no alcanzados por éste.

Acceda al texto completo de la norma aquí.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

Para más información comunicarse con Agustín SiboldiM. Agustina Fanelli Evans  y Jorge Muratorio.