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Modificación de los procedimientos de adhesión al RIGI  de la resolución 1074/ 2024 del Ministerio de Economía para mayor celeridad mediante mecanismos de delegación en las autoridades con competencia específica.

1. Introducción

Mediante esta Resolución se disponen modificaciones a los procedimientos establecidos en la Resolución 1074/2024 y su modificatoria, a los fines de dotar de mayor celeridad al proceso de aprobación de las solicitudes de adecuaciones o modificaciones al listado de mercaderías y/o servicios susceptibles de ser importados al amparo de la franquicia del artículo 190 de la ley 27.742 de un proyecto RIGI aprobado, presentadas en el marco de los artículos 82 y 83 del anexo I al decreto 749/2024 por un VPU adherido al RIGI.

En esta nueva normativa se introduce una delegación en las secretarías con competencia técnica específica en la materia objeto del respectivo proyecto RIGI la facultad para su aprobación o rechazo.

 

2. Puntos Relevantes
2.1. Procedimientos.

En el nuevo Anexo 1 quedan confirmados los siguientes procedimientos:

  1. a) Procedimiento de adhesión al RIGI de Vehículos de Proyecto Único (VPU) a cargo de un Proyecto Único.
  2. b) Procedimiento de adhesión al RIGI del Proyecto de Exportación Estratégica de Largo Plazo.
  3. c) Procedimiento de adhesión al RIGI de la Ampliación de un Proyecto Preexistente no adherido al régimen.
  4. d) Procedimiento de adhesión al RIGI del Proveedor local de bienes y/o servicios con mercadería importada.
  5. e) Procedimiento de baja voluntaria del Proyecto RIGI del régimen

 

2.2. Delegaciones introducidas.

En el capítulo correspondiente al Procedimiento de adhesión al RIGI del VPU a cargo de un Proyecto Único se establece en su artículo 13 que el VPU adherido al RIGI podrá solicitar adecuaciones o modificaciones al listado de mercaderías y/o servicios susceptibles de ser importados al amparo de la franquicia establecida en el artículo 190 de la ley 27.742, en los términos y bajo el cumplimiento de los recaudos previstos de los artículos 82 y 83 del anexo I al decreto 749/2024 y sus modificatorios.

A tales fines se delega en la secretaría con competencia técnica en la materia del proyecto aprobado objeto de tal solicitud, el tratamiento y la emisión de la respectiva autorización o rechazo.

Del mismo modo, en el Procedimiento de adhesión al RIGI del Proyecto de Exportación Estratégica de Largo Plazo, en su artículo 18 se contempla que el o los VPU adheridos al RIGI podrán solicitar adecuaciones o modificaciones al listado de mercaderías y/o servicios susceptibles de ser importados al amparo de la franquicia establecida en el artículo 190 de la ley 27.742, por lo que también se delga en la secretaría con competencia técnica en la materia del proyecto aprobado objeto de tal solicitud, el tratamiento y emisión de la respectiva autorización o rechazo.

Similar delegación se contempla en el artículo 23 del Procedimiento de adhesión al RIGI de la Ampliación de un Proyecto Preexistente no Adherido con relación a los pedidos de adecuaciones o modificaciones al listado de mercaderías y/o servicios susceptibles de ser importados al amparo de la franquicia establecida en el artículo 190 de la ley 27.742.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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