La Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Economía, dispuso mediante la Resolución 484/2025 la apertura del procedimiento de consulta pública relativo al proyecto de Subsidios Energéticos Focalizados, que se implementará en el marco del Período de Transición establecido por el Decreto 465/2024 y sus prórrogas.
La iniciativa busca garantizar la participación ciudadana previa a la aprobación del nuevo esquema de subsidios aplicable a:
- el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST),
- el precio del gas propano indiluido por redes, y
- el Precio Estacional de la Energía Eléctrica (PEST),
los cuales se trasladarán a las facturas de los usuarios a partir del 1° de enero de 2026.
Según los considerandos, la medida se dicta atendiendo a los principios constitucionales de publicidad de los actos de gobierno y protección de los consumidores (arts. 41 y 42 CN), así como a las previsiones de las Leyes 19.549, 27.275 y 27.742, que requieren instancias participativas adecuadas, veraces y accesibles. La resolución reconoce también la doctrina de la Corte Suprema en el fallo CEPIS (2016), que exige participación efectiva en materia tarifaria antes de adoptar decisiones con impacto económico directo en los usuarios.
La consulta pública difundirá los antecedentes normativos y técnicos, incluidos los análisis elaborados por la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, vinculados a la reestructuración y focalización de subsidios durante el período de transición energética. Los interesados podrán presentar observaciones y comentarios dentro del plazo de quince (15) días hábiles administrativos desde la publicación de la medida, mediante el formulario disponible en https://www.argentina.gob.ar/economia/energia o, en su defecto, a través de la Mesa de Entradas del Ministerio de Economía.
El procedimiento será de carácter no vinculante, aunque la autoridad deberá considerar fundadamente las opiniones recibidas, conforme al marco legal aplicable.
Acceda al texto completo de la norma aquí.
Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.
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