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El Ente Nacional de Comunicaciones aprueba Programas y Reglamentos relacionados con el Servicio Universal

Conforme surge de la Ley Nº 27.087, el Estado Nacional es el que garantiza el Servicio Universal entendido como el conjunto de servicios de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (TIC) que deben prestarse a todos los usuarios, con el objetivo de garantizar su acceso a éstos bajo condiciones de calidad y a precios justos, con independencia de su ubicación geográfica.

A su vez, el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Autoridad de Aplicación – ENACOM – define la política pública a implementar para alcanzar este objetivo, diseñando distintos programas para el cumplimiento de las obligaciones y el acceso a los derechos previstos en el mismo.

 El 3 de julio del corriente año, se publicaron en el Boletín Oficial una serie de Resoluciones del Ente Nacional de Comunicaciones, mediante las cuales se aprobaron una serie de Programas y Reglamentos relacionados con el Servicio Universal, detallados a continuación.

En primer lugar, mediante la Resolución 721/2020 se sustituyó el Reglamento General del Servicio Universal, creado por la Res. Nº 2614/2016 ENACOM y modificado por la Res. Nº 8770/2016 ENACOM.

El Reglamento General del Servicio Universal establece los principios y normas que rigen el conjunto de servicios de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (TIC) que conforman el Servicio Universal.

Esta medida, a su vez, delega en la Dirección General de Administración del ENACOM la facultad de fijar la tasa de intereses moratorios en el caso de que el Aportante obligado incurriere en mora en el pago de los Aportes de Inversión, conforme surge del artículo 8 del Reglamento aprobado. Los Aportantes son los licenciatarios de Servicios TIC que están obligados a realizar los aportes de inversión al Fondo Fiduciario del Servicio Universal conforme surge del artículo 22 de la Ley Nº 27.087 y sus normas complementarias y reglamentarias.

Por su parte, la Resolución 726/2020 aprobó el Programa para el Desarrollo de Infraestructura para Internet destinado a villas y asentamientos inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (RENABAP). Para la ejecución de este proyecto se destinó la suma de hasta Pesos Mil Millones del Fondo Fiduciario del Servicio Universal.

A su vez, la Resolución 727/2020 aprobó el Programa de Despliegue de Redes de Acceso a Servicios de Comunicaciones Móviles, para el cual se destinaron hasta Trescientos Millones de Pesos ($300.000.000) del Fondo Fiduciario del Servicio Universal.

 La Resolución 728/2020 aprobó, por su parte, el Programa de Despliegue de Redes de Acceso a Servicios de Comunicaciones Móviles, para el cual se destinó la suma de Quinientos Millones de Pesos ($500.000.000) del Fondo Fiduciario del Servicio Universal.

Asimismo, la Resolución 736/2020 aprobó el “Proyecto Barrios Populares de San Salvador de Jujuy – Conectividad para Servicios de Comunicaciones Móviles” que forma parte del “Programa de Emergencia para Garantizar el Acceso a Servicios TIC para Habitantes de Barrio Populares en el Marco de la Pandemia COVID-19”. Se destinaron Setecientos Treinta Mil Pesos ($730.000) del Fondo Fiduciario del Servicio Universal. La medida también dispone que la ejecución de este Proyecto estará a cargo del ENACOM.

Por último, la Resolución 738/2020 aprobó el Programa de Acceso a Conectividad para Instituciones Públicas. Se destinó para su ejecución la suma de hasta Dos Mil Millones de Pesos ($2.000.000.000), provenientes del Fondo Fiduciario del Servicio Universal.


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Agustín Siboldi

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