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IGJ: Prorroga del régimen de moratoria para la presentación de estados contables

La Inspección General de Justicia prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 el régimen excepcional de regularización de estados contables y documentación relacionada, originalmente establecido por la RG IGJ N° 4/2025 y posteriormente prorrogado por la RG IGJ N° 6/2025. Asimismo, la norma amplía su alcance a los estados contables con cierre al 30 de junio de 2026 e incorpora la utilización obligatoria del nuevo sistema de presentación digital implementado por el organismo.

La Inspección General de Justicia (“IGJ”) emitió la Resolución General N° 6/2026, publicada el 18 de junio de 2026 en el Boletín Oficial de la República Argentina. La norma prorroga el régimen de moratoria previsto en la Resolución General IGJ N° 4/2025, extendiendo el plazo para regularizar la presentación de estados contables y documentación relacionada hasta el 31 de diciembre de 2026, e incorpora nuevas disposiciones vinculadas a la modalidad de presentación y a los procedimientos sancionatorios.

En primer lugar, la resolución extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo del régimen excepcional que permite regularizar la presentación de estados contables adeudados mediante el pago de un único formulario, con independencia de la cantidad de ejercicios involucrados. Asimismo, amplía expresamente el alcance del régimen a los estados contables y documentación relacionada con cierre al 30 de junio de 2026.

Por otra parte, la IGJ dispone que, a partir de la entrada en vigencia de la resolución, todas las presentaciones alcanzadas por este régimen deberán efectuarse exclusivamente a través del sistema de presentación digital habilitado por el organismo, cuyo acceso estará disponible en el sitio web institucional. De esta manera, la regularización de las obligaciones contables comprendidas en la moratoria deberá tramitarse íntegramente por medios electrónicos.

Asimismo, la norma establece que, desde su entrada en vigencia y hasta el 31 de diciembre de 2026, quedarán suspendidos el inicio y la tramitación de procedimientos sumariales por incumplimientos vinculados a la presentación de estados contables de las entidades obligadas. La única excepción prevista corresponde a aquellos supuestos en los cuales el procedimiento deba ser iniciado o sustanciado por orden judicial.

Finalmente, la resolución dispone que entrará en vigencia el 1° de julio de 2026. A partir de dicha fecha, las entidades alcanzadas podrán continuar regularizando su situación bajo el régimen excepcional prorrogado y mediante el nuevo esquema de presentación digital implementado por la IGJ.

El texto completo de la Resolución puede ser consultado aquí.


Esta publicación fue elaborada según información de fecha 18/06/2026 y no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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