Mediante la Resolución 543/2026 (B.O. 28/04/2026), el Ministerio de Economía aprobó el modelo de “Contrato de Concesión entre el Estado Nacional y la Empresa Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA)”, a ser celebrado por el titular de dicha jurisdicción, en representación del Estado Nacional, y Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA), para la provisión del servicio público de agua potable y recolección de desagües cloacales, de conformidad con el marco regulatorio aprobado por la Ley N° 26.221 y sus modificatorias, texto ordenado por el Decreto N° 805/2025.
La medida se dicta en el marco del proceso de privatización de AySA, declarada sujeta a privatización por la Ley N° 27.742.
El modelo contractual reemplaza el instrumento de vinculación aprobado por la Resolución N° 170/2010 del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, y tiene por objeto otorgar a AySA la concesión para la explotación exclusiva del servicio público de agua potable y desagües cloacales dentro del área regulada. El servicio comprende, entre otros aspectos, la captación y potabilización de agua cruda, el transporte, distribución y comercialización de agua potable, la recolección, transporte, tratamiento y disposición de desagües cloacales, así como la operación logística necesaria para la prestación del servicio. El área de concesión incluye la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y diversos partidos de la Provincia de Buenos Aires, incluyendo, entre otros, Almirante Brown, Avellaneda, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes, San Isidro, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López; para la recepción de efluentes cloacales en bloque, se incluye también al partido de Berazategui.
Entre los elementos esenciales de la contratación, se destaca que la concesión se otorga por un plazo de treinta (30) años desde la entrada en vigencia del contrato, con la posibilidad de una única prórroga de diez (10) años, sujeta al cumplimiento sustancial de las obligaciones contractuales y a la intervención previa del Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS). La concesión tiene carácter gratuito, por lo que AySA no deberá abonar canon al Estado Nacional por la explotación del servicio. El concedente será el Poder Ejecutivo Nacional, representado por el Ministerio de Economía, mientras que el ERAS ejercerá funciones de regulación y control, incluyendo aspectos tarifarios, contables, aprobación de planes de acción y atención de reclamos de usuarios. A su vez, la Agencia de Planificación (APLA) tendrá a su cargo la planificación de obras de expansión mediante el Plan Director de Mejora Estratégica.
El contrato prevé que AySA deberá prestar el servicio bajo condiciones de continuidad, regularidad, calidad, generalidad y con tendencia a la universalidad. Asimismo, deberá cumplir el Plan de Acción de Transición 2024-2026 y elaborar el Plan de Acción del Primer Ciclo Tarifario, correspondiente al período enero de 2027 a diciembre de 2031, incorporando las metas, planes de mantenimiento, operaciones, mejoras y obras de expansión que correspondan. El régimen económico se estructura sobre el mantenimiento del equilibrio económico-financiero de la concesión, mediante ingresos requeridos netos que permitan cubrir costos operativos, inversiones, incobrabilidad, impuestos, recuperación de inversiones onerosas y remuneración de la Base de Activos Regulatorios (BAR). En materia tarifaria, el contrato contempla revisiones tarifarias ordinarias por ciclos, revisiones extraordinarias ante ciertos eventos imprevistos y ajustes destinados a preservar dicho equilibrio.
Finalmente, el modelo regula obligaciones vinculadas al futuro operador estratégico derivado del proceso de privatización, incluyendo restricciones a la transferencia del paquete accionario mayoritario y el mantenimiento de una participación mínima del cincuenta y uno por ciento (51%) del capital y votos de AySA. También establece previsiones sobre garantías de cumplimiento, seguros, sanciones por incumplimientos, régimen de bienes afectados al servicio, financiamiento, causales de extinción de la concesión y mecanismos de resolución de controversias. La resolución entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Acceda al texto completo en el Boletín Oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/341232/QR
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