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El Poder Ejecutivo aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo CAF por hasta USD 400 millones para un programa de sostenibilidad del sector energético

Mediante el Decreto 23/2026 (B.O. 10/01/26), el Poder Ejecutivo Nacional aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo celebrarse entre la República Argentina y la Corporación Andina de Fomento (CAF), por un monto de hasta cuatrocientos millones dólares estadounidenses (USD 400.000.000), destinado a financiar el «Programa de Enfoque Sectorial Amplio (SWAP) de Apoyo a la Sostenibilidad del Sector Energético».

Según los considerandos de la norma, el objetivo general del Programa es fortalecer la sostenibilidad del sector energético mediante mejoras en la focalización de subsidios para la protección de hogares vulnerables y la promoción de la eficiencia energética. El Programa se estructura en cuatro componentes: (i) fortalecimiento del marco regulatorio e institucional del sector energía; (ii) mejoras en la focalización de los subsidios energéticos; (iii) promoción del uso y consumo eficientes de los recursos energéticos; y (iv) otros gastos.

El decreto designa como organismo ejecutor al Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético perteneciente a la Secretaría de Energía como área sustantiva con responsabilidad primaria, y de la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales perteneciente a la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial, Secretaría Legal y Administrativa como responsable de la gestión fiduciaria del Programa.

Asimismo, se faculta al Ministro de Economía o a los funcionarios que este designe y al Secretario de Finanzas para suscribir, en forma indistinta y en nombre de la República Argentina, el Contrato de Préstamo CAF y la documentación adicional conforme al modelo aprobado. También se autoriza al Ministro de Economía, o a los funcionarios que este designe, a convenir y suscribir modificaciones al contrato, siempre que no impliquen cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, no incrementen el monto del préstamo ni alteren el procedimiento arbitral pactado.

El modelo de contrato establece un financiamiento de hasta USD 400.000.000, con un plazo total de 15 años y un período de gracia de 36 meses. La amortización del mismo se prevé en 25 cuotas semestrales consecutivas, con devengamiento de intereses en cada período.

Asimismo, la tasa de interés es variable y se calcula como SOFR a Plazo más un margen de 1,90%, con piso de 0, y se contemplan previsiones para el reemplazo por una tasa alternativa ante determinados eventos. Respecto del uso y destino, el documento indica que los fondos son de libre disponibilidad, pero su aplicación queda expresamente limitada a los fines establecidos en el contrato: por un lado, el reconocimiento de políticas y acciones del sector energético orientadas a la optimización fiscal y a mejoras indirectas en eficiencia energética; y, por otro, la cobertura de conceptos vinculados al financiamiento, en particular la comisión de financiamiento y los gastos de evaluación asociados al préstamo.

Acceda al texto completo de la norma en: aquí.


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