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Se consolida el régimen permanente de presentación mensual de contratos en el Mercado Eléctrico Mayorista

Mediante la Resolución 78/2026 (B.O. 27/03/2026), la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía aprobó la sustitución del artículo 9° de la Resolución 400/2025 de la misma Secretaría, a fin de disponer con carácter permanente que los contratos celebrados en el marco del nuevo esquema regulatorio del Mercado a Término de Energía y del Mercado a Término de Potencia podrán ser presentados ante el Organismo Encargado del Despacho (OED) en forma mensual y con una antelación no inferior a cinco (5) días corridos previos al inicio de su vigencia.

La medida se inserta en el proceso de adecuación del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), orientado a conferir mayor flexibilidad y gradualidad al régimen de contratación de energía y potencia.

En cuanto a su contenido, la norma sustituye el artículo 9° de la Resolución 400/2025 y establece, ya sin límite temporal, que los contratos celebrados bajo el régimen regulatorio aprobado podrán ser presentados ante el OED en forma mensual y con una antelación mínima de cinco (5) días corridos previos al inicio de su vigencia, a los efectos de su validación, registración y administración en el MEM. A su vez, instruye a CAMMESA a adoptar las medidas operativas necesarias para implementar lo dispuesto, asegurando la correcta validación, registración, trazabilidad y administración de los contratos alcanzados.

Acceda al texto completo en el Boletín Oficial: BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA – Resolución 78/2026


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