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Se concreta la convocatoria Abierta Nacional e Internacional “RenMDI” con el fin de celebrar Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable con CAMMESA.

Mediante la Resolución 36/2023 de la Secretaría de Energía (En adelante “SE”), se llama a presentar a ofertas a la Convocatoria Abierta Nacional e Internacional “RenMDI” a fin de celebrar contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable con CAMMESA. Esta es la primera licitación de renovables en los últimos tres años e incluye 20 provincias.

Esta convocatoria tiene como antecedente la Resolución N° 330 de la SE, que abrió la convocatoria a recibir Manifestaciones de Interés (“MDI”) de proyectos de infraestructura que contribuyan a incorporar energías renovables, instalaciones de almacenamiento de energía en puntos de la red de Transporte por Distribución Troncal y/o de Distribución con cuyo aporte se incremente la participación de la generación renovable en el abastecimiento de la demanda del SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (“SADI”) y se disminuya y/o eliminen restricciones de abastecimiento y/o se reduzca el requerimiento de generación forzada y/o difieran las necesidades de obras de transporte, contribuyendo, entre otras cosas, a la reducción de los costos del Mercado Eléctrico Mayorista –“MEM”- y al aumento de la confiabilidad en el SADI.

Los proyectos presentados en las MDI fueron evaluados técnicamente por CAMMESA en función de su impacto en el despacho económico del MEM considerando su firmeza, capacidad de sustitución de generación forzada local de alto costo y valorización de sustitución de generación térmica para distintos escenarios de Costos Marginales de Operación.

A partir de ello, la convocatoria en análisis juzga conveniente instrumentar una nueva Convocatoria a fin de incorporar oferta renovable en nodos de conexión de la red que permitan reducir el despacho de generación forzada por razones locales, así como incorporar oferta renovable de pequeña escala en el SADI, con el objeto de diversificar la matriz energética.

El propósito declarado de la presente Convocatoria es atraer nuevas inversiones tanto de actores tradicionales como no tradicionales hacia el sector de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, a través de un marco contractual sólido y confiable.

Las ofertas que resulten adjudicadas serán objeto de Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable en las que el Agente Generador del MEM identificado en la respectiva oferta será la Parte Vendedora, y CAMMESA en representación de los Agentes Distribuidores y Grandes Usuarios del MEM será la Parte Compradora.

Los Contratos de Abastecimiento a celebrarse serán a QUINCE (15) años a partir de la Fecha de Habilitación Comercial al Precio Ofertado Adjudicado en DÓLARES ESTADOUNIDENSES POR MEGAVATIO/HORA y se remunerará la estacionalidad para incentivar generación en períodos de mayor exigencia para el sistema. Tales contratos no contarán con las Garantías que otorga el Fondo para el Desarrollo de Energías Renovables (FODER) a los beneficiarios de las Rondas 1, 1.5, 2 y 3 del Programa RenovAr. El tipo de cambio a utilizar es el de Referencia Comunicación “A” 3500 (Mayorista) publicado por el Banco Central de la República Argentina para el día hábil inmediato anterior al día de emisión de los documentos correspondientes.

En virtud de los compromisos asumidos en los términos de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático aprobada por la Ley N° 24.295 y del Acuerdo de París aprobado por la Ley N° 27.270, todas las reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero en el territorio nacional, derivadas de la potencia instalada de los proyectos adjudicados en el marco de esta Resolución, están incluidas en la meta de la Contribución Determinada a nivel Nacional (“NDC”, por sus siglas en inglés) de la REPÚBLICA ARGENTINA y serán contabilizadas por el ESTADO NACIONAL para el cumplimiento de su meta de contribución.

Las Centrales de Generación que se construyan en el marco de la presente Convocatoria en las regiones 4, 5 y 6 (provincias de Córdoba, San Luis, San Juan, Mendoza, Catamarca, La Rioja, Santiago del Estero, Salta, Jujuy, Tucumán, La Pampa, Río Negro y Neuquén) no poseerán prioridad de despacho frente a otras Centrales de Generación, Autogeneración o Cogeneración renovable que operen en el MEM en caso de congestión del SADI, quedando excluidas de la prioridad prevista por el Inciso 3 del Artículo 7° de la Resolución ex ME N° 281/2017 (Mercado a Término Renovable o “MATER”), salvo en los casos que se indican específicamente en el Pliego de Bases y Condiciones (“PBC”) aprobado por el Artículo 2° de la presente medida. En estos casos, no obstante, se indica que CAMMESA realizará las adecuaciones necesarias en las capacidades de transporte disponibles para la incorporación de la energía producida por Centrales de Generación, Cogeneración o Autogeneración de fuentes renovables que publica periódicamente, para favorecer la no congestión entre proyectos renovables futuros y los que se construyan como resultado de las ofertas que resulten adjudicadas en el marco de la presente Convocatoria.

Por el contrario, contarán con tal prioridad de despacho las Centrales de Generación que se construyan en el marco de la presente Convocatoria en las regiones 1, 2 y 3 (provincias de Buenos Aires, Formosa, Misione, Chaco, Corrientes, Santa Fe y Entre Ríos).

Sobre la convocatoria «RenMDI»

La Potencia Requerida total a adjudicar es de seiscientos veinte (620) MW repartida en 2 renglones, a saber:

Renglón 1 “Generación Renovable para sustituir Generación Forzada”: tendrá una potencia objetivo referencial de quinientos megavatios (500 MW). Esta será para las Tecnologías Biomasa, Eólica con Almacenamiento, Solar Fotovoltaica y Solar Fotovoltaica con Almacenamiento.

Renglón 2 “Generación Renovable para Diversificar la Matriz”: contempla una potencia objetivo referencial de ciento veinte megavatios (120 MW) para las Tecnologías de Biogás, Biogás de Relleno Sanitario, Pequeños Aprovechamientos Hidroeléctricos y Biomasa.

En el anexo de la resolución se pueden encontrar los objetivos de cada Renglón, límites de potencia a contratar, los precios topes por tecnología, los requerimientos técnicos y formales que deben cumplir las ofertas, la valorización de los costos de sustitución de generación forzada por región y de firmeza por tecnología, la caracterización de los nodos de conexión, la metodología de evaluación de ofertas y propuestas de adjudicación y las características de los Contratos de Abastecimiento.

Cómo participar de la convocatoria:

El Pliegos de Bases y Condiciones podrá obtenerse en forma gratuita en el sitio web de CAMMESA (aquí). Allí también se puede encontrar el formulario de inscripción a la convocatoria, el cronograma, modelo de contrato, y otras documentaciones.

Para participar, los interesados deberán constituir domicilio en la Ciudad de Buenos Aires. Podrán presentar Oferta en forma individual o en forma conjunta las personas jurídicas constituidas en la República Argentina o en el exterior y las Sociedades de Propósito Específico (“SPE”), Unión Transitoria de Empresas (“UTE”) y Fideicomisos conforme a los términos del PBC.

Algunas fechas importantes:

  • Consultas hasta el 24 de febrero de 2023.
  • La presentación de ofertas es hasta el 15 de marzo del 2023.
  • Publicación por CAMMESA de la calificación de las ofertas técnicas, 8 de mayo de 2023.
  • Apertura de ofertas económicas, 10 de mayo de 2023.
  • Adjudicación de ofertas, 24 de mayo de 2023.
  • Firma de contratos, entre el 29 de mayo y el 20 de septiembre de 2023.

Entre otros aspectos a destacar del pliego aprobado, se puede mencionar:

  • No se encuentra permitido la presentación de Ofertas que impliquen ampliaciones de centrales comprometidas en contratos celebrados bajo el Programa RenovAr Rondas 1, 1.5, 2 y 3 y esquemas previos similares.
  • No obstante, en el caso particular de la Tecnología de PAH (Pequeños Aprovechamientos Hidroeléctricos), se permitirá la repotenciación de Proyectos existentes en la medida que CAMMESA pueda verificar: (i) que el Proyecto no ha alcanzado, habiendo contado con el recurso disponible, un factor de capacidad superior al quince por ciento (15%) en los últimos dos (2) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria; y (ii) que el equipo de generación de la Central de Generación (turbina y alternador) sea incorporado íntegramente nuevo y sin uso.
  • La Fecha Programada de Habilitación Comercial en el que la Central de Generación deberá obtener la Habilitación Comercial será de máximo mil noventa y cinco (1095) días corridos (Renglón 1) y de máximo mil cuatrocientos sesenta (1460) días corridos (Renglón 2), contados desde la fecha de firma del Contrato de Abastecimiento, más una Prórroga Máxima de trecientos sesenta y cinco (365) días corridos.
  • Se prevé un esquema de pagos en garantía hasta la Habilitación Comercial:
    • Inicial de US$5.000 /MW.
    • Pagos trimestrales:
      • Renglón 1: US$1.000/MW por 7 trimestres.
      • Renglón 2: US$1.000/MW por 11 trimestres.
      • Trimestres subsiguientes: U$S2.000/MW.
      • Prórrogas de hasta 4 trimestres: U$S5.000/MW.
  • El tipo de cambio a utilizar es de Referencia Comunicación “A” 3500 (Mayorista) publicado por el Banco Central de la República Argentina para el día hábil inmediato anterior al día de emisión de los documentos correspondientes.

Acceda el texto completo de la norma aquí: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/280621/20230202%20-

Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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