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1- Introducción

A través de la Resolución 1.067/2025 (B.O. 28-07-25), el Ministerio de Economía (MECON) inició formalmente el procedimiento de privatización de INTERCARGO S.A.U., en cumplimiento de lo previsto por el Decreto 198/2025. La medida forma parte de la implementación de la Ley 27.742, que declaró sujeta a privatización a la sociedad estatal dedicada a la prestación de los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general. El procedimiento se regirá por la Ley 23.696 y se canalizará mediante la plataforma CONTRAT.AR, con el objetivo de vender el 100 % del paquete accionario de la compañía en un plazo máximo de ocho (8) meses.

2- Puntos principales

a) Inicio del procedimiento: Se instruyó a la Secretaría de Transporte del MECON a iniciar las actuaciones necesarias para concretar la venta total del paquete accionario de INTERCARGO S.A.U. (cfr. arts. 1° y 2°).

i. Revisión patrimonial y rescisión de concesión: La Secretaría deberá actualizar el inventario de bienes tangibles e intangibles e impulsar la rescisión por mutuo acuerdo del contrato de concesión vigente para la explotación con carácter exclusivo del Servicio Único de Atención en tierra a aeronaves (RAMPA), el que fuera oportunamente aprobado por la resolución 7417 del 17 de julio de 1990 de la Comisión Administrativa de Contrataciones de la Fuerza Aérea Argentina (cfr. art. 2°).

ii. Documentación licitatoria: Asimismo, la Secretaría elaborará la documentación técnica, contractual y licitatoria, con intervención de la Unidad Ejecutora, y podrá requerir colaboración operativa de INTERCARGO (cfr. art. 4°).

b) Coordinación técnica y valuación: La Agencia de Transformación de Empresas Públicas coordinará las acciones necesarias para privatizar INTERCARGO -llevando a cabo el procedimiento licitatorio- en el plazo de ocho (8) meses desde la vigencia de la presente, y deberá encomendar la tasación del paquete accionario a una entidad bancaria del sector público nacional, atento a la imposibilidad técnica manifestada por el Tribunal de Tasaciones de la Nación con relación a llevar a cabo las tasaciones pertinentes (cfr. art. 3° y Considerando).

c) Continuidad del servicio: Se encomendó a la Subsecretaría de Transporte Aéreo que asegure la continuidad del servicio aeroportuario durante el proceso, conforme al artículo 3° del decreto 198/2025 (cfr. art. 5°).

d) Plataforma de gestión: El procedimiento de privatización se llevará a cabo a través del sistema electrónico CONTRAT.AR, según lo dispuesto por el Decreto 416/2025 (cfr. art. 6°).

 

3- Conclusión

De la lectura de la normativa bajo reseña, el MECON ha iniciado la ejecución del procedimiento de privatización de INTERCARGO S.A.U., disponiendo medidas técnicas, patrimoniales y organizativas para su ejecución. La iniciativa persigue la transferencia de la totalidad de las acciones al sector privado, en un marco de juridicidad y con resguardos operativos que garanticen la continuidad de los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general que presta la sociedad y, en consecuencia, la conectividad del territorio nacional, tanto a nivel interno como externo.

Acceda al texto completo de la norma aquí.


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