A través de la Resolución 1284/2025 (B.O. 01-09-25), el Ministerio de Economía (MECON) inició el proceso de privatización de Corredores Viales S.A. (CVSA) en los términos del Decreto 97/2025 y de la Ley 27.742, y dispuso instrucciones operativas para la Secretaría de Transporte y para la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” (“Agencia”). El esquema prevé la extinción por mutuo acuerdo de los contratos vigentes, la convocatoria y adjudicación de nuevas concesiones de obra pública por peaje conforme la Ley 17.520 y, una vez adjudicadas y perfeccionadas las concesiones, la disolución y liquidación de la sociedad.
Puntos principales
a) Inicio formal del proceso de privatización (cf. art. 1°).
El MECON dispuso el inicio del proceso de privatización de CVSA conforme el marco establecido por el Decreto 97/2025.
b) Instrucciones a la Secretaría de Transporte (cf. arts. 2° y 4°).
i. Inventariar los bienes a reintegrar al MECON;
ii. Elaborar los documentos de extinción por mutuo acuerdo una vez adjudicadas y perfeccionadas las nuevas concesiones de obra pública por peaje correspondientes a los tramos de la red vial nacional actualmente operados por dicha sociedad;
iii. Elaborar y tramitar la documentación licitatoria, técnica y contractual correspondiente a la convocatoria, adjudicación y puesta en marcha de las nuevas concesiones de obra pública por peaje de los tramos de la red vial nacional actualmente operados por CVSA, con intervención previa de la Agencia.
iv. Proponer la conformación de los tramos de la red vial;
v. Relevar el estado de los tramos y de las obras de infraestructura a concesionar, con facultad para requerir la rescisión de contratos no prioritarios.
La Secretaría contará con la colaboración de la Agencia y podrá requerir asistencia de CVSA.
c) Instrucciones a la Agencia (cf. art. 3°).
i. Coordinar las medidas para concesionar los tramos de la red vial nacional dentro de los doce meses desde la vigencia de la medida y, posteriormente, proceder a la disolución y liquidación de la empresa;
ii. Solicitar la valuación de flujos de fondos futuros de la concesión a un organismo del Sector Público Nacional;
iii. Requerir a CVSA y a la AABE la confección del inventario de bienes; y
iv. Solicitar al Tribunal de Tasaciones de la Nación o a otro organismo público la tasación de los bienes antes de la disolución.
d) Plataforma de contratación (cf. art. 5°).
Los procedimientos se realizarán a través de la plataforma CONTRAT.AR, conforme el Decreto 416/2025.
La presente medida rige desde el día de su publicación en el Boletín Oficial (01/09/25) (cfr. art. 6°).
Conclusión
El MECON dio inicio a la privatización de CVSA mediante la asignación precisa de responsabilidades, orientado a la convocatoria, adjudicación y perfeccionamiento de nuevas concesiones de obra pública por peaje de los tramos de la red vial nacional actualmente operados por la sociedad, así como a la valuación de flujos y activos y a la posterior disolución y liquidación. Se prevé una transición ordenada hacia los nuevos concesionarios de esos tramos dentro de un plazo de doce meses.
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