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La Secretaría de Energía convoca al Concurso Público Nacional – “Plan de Promoción de la Producción del Gas Natural Argentino – Esquema de Oferta y Demanda 2020-2024”

El Poder Ejecutivo Nacional, mediante Decreto 892/2020 (B.O 16/11/2020) declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario del país la promoción de la producción del gas natural argentino. En ese marco, aprobó el “Plan de Promoción de la Producción del Gas Natural Argentino – Esquema de Oferta y Demanda 2020-2024” (en adelante, “el Plan”) e instruyó a la Secretaría de Energía (en adelante, “la Secretaría”) a instrumentar dicho Plan. Asimismo, confirió amplias facultades a la Secretaría, a saber: realizar las adecuaciones y cambios necesarios para la instrumentación del Plan, el dictado de normas complementarias y aclaratorias para la ejecución e implementación del Plan como Autoridad de Aplicación, la instrumentación del Plan de abastecimiento de volúmenes, plazos, y precios máximos de referencia de gas natural, entre otros.

En pleno uso de sus facultades, la Secretaría, mediante la Resolución 317/2020 (B.O 24/11/2020) convocó a Concurso Público Nacional para la adjudicación de un volumen de gas natural base total de setenta millones de metros cúbicos (70.000.000 m3) por día para los trescientos sesenta y cinco (365) días de cada año calendario de duración del esquema aprobado por el Decreto 892/2020, y un volumen adicional por cada uno de los períodos invernales de los años 2021 a 2024 inclusive, en los términos del Pliego de Bases y Condiciones que forma parte de la medida.

Para garantizar la plena concurrencia al procedimiento de oferta y demanda y competencia, ordenó la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en tres diarios de circulación nacional y la notificación vía el sistema de TAD a todas las empresas productoras inscriptas en el Registro de Empresas Petroleras. Aquellas empresas que estuvieran interesadas en adherir al esquema de oferta y demanda 2020-2024 establecido en el Decreto 892/2020, deberán remitir una nota de adhesión por el sistema de TAD. Se entenderá que sus obligaciones como adherentes se generarán a partir de la firma de los contratos correspondientes.

La Resolución, a su vez, aprueba el Modelo de Contrato que deberán suscribir las empresas productoras y las licenciatarias de distribución de gas natural y con CAMMESA, así como el Modelo de Renuncia a los Beneficios de las Resoluciones Nros. 46/2017, 219/2017 y 447/2017, todas del ex Ministerio de Energía y Minería.

Además, la Resolución designó miembros para conformar la Comisión Evaluadora del Concurso Público Nacional y creó la Mesa de Trabajo del Valor Agregado Nacional, con el objetivo de constituir un ámbito de colaboración para el seguimiento, control y sanción de lo dispuesto en el Decreto 892/2020. Esta Mesa de Trabajo elaborará informes sobre la evolución de los compromisos de inversión y de incremento proporcional y progresivo del Valor Agregado Nacional (V.A.N).

Por último, se resolvió delegar en la Subsecretaría de Hidrocarburos la facultad de arbitrar las medidas necesarias a fin de sistematizar la información presentada por las empresas productoras que sea derivada de sus respectivos compromisos con el Valor Agregado Nacional, a los efectos de poner tal información a disposición y de forma accesible al conjunto de cadena de valor de los hidrocarburos a nivel federal.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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