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La CNV modificó el Régimen Informativo Contable para las emisoras PyME CNV Garantizadas

El 13 de diciembre de 2021 la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) emitió la Resolución General 915/2021 (la “Resolución”) a partir de la cual resolvió flexibilizar el régimen informativo diferenciado aplicable bajo el régimen PyME CNV Garantizada (el “Régimen Informativo Diferenciado”). En este sentido, la CNV dispuso que todas las emisoras bajo el Régimen Informativo Diferenciado estarán exceptuadas de publicar sus estados contables anuales.

Asimismo, la CNV estableció que el Régimen Informativo Diferenciado resultará exigible mientras la emisora permanezca en el régimen de oferta pública y hasta tanto ésta no cuente con la cancelación de la autorización de oferta pública de sus valores negociables. Además, durante la permanencia en el régimen de oferta pública, la emisora deberá poner a disposición del público inversor sus estados contables anuales.

La Resolución entró en vigencia a partir del 14 de diciembre de 2021.  

Acceda al texto completo de la norma aquí.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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