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La CNV amplía la definición y modifica el criterio para determinar a los Inversores Calificados

La Comisión Nacional de Valores, en ejercicio de las facultades otorgadas por los artículos 19, incisos g) y h) de la Ley Nº 26.831 y modificatorias, y 5º del Decreto Nº 1087/93, emitió la Resolución General 761/2018, de fecha 6 de septiembre de 2018 mediante la cual amplió la definición y actualizó los requisitos de categorización del “Inversor Calificado”.

A través de la Resolución, se amplió la definición de Inversor Calificado incorporándose a:

  • Organismos internacionales
  • Agentes regulados del mercado de capitales que no habían sido contemplados
  • Personas que se encuentren inscriptas en el Registro de Idóneos

A su vez, por medio de la Resolución se adecuó la figura de Inversor Calificado a los estándares internacionales, determinándose el reemplazo del criterio patrimonial por el uso del criterio de nivel de inversiones en valores negociables y/o depósitos en entidades financieras, cuantificado en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) a los fines de su clasificación como Inversor Calificado.

Por último, la Resolución estableció que las obligaciones negociables PYME CNV GARANTIZADAS pueden ser adquiridas y transmitidas por cualquier tipo de inversor (anteriormente solo podían hacerlo Inversores Calificados).

Acceda al texto completo de la Resolución aquí.

NOTA: Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.