Mediante las Resoluciones N° 400/2025 y 401/2025, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó los nuevos cuadros tarifarios que deberán aplicar las empresas EDESUR S.A. y EDENOR S.A., respectivamente, a partir del 1 de junio de 2025. Las resoluciones se dictan en el marco de la revisión tarifaria quinquenal vigente, conforme a la fórmula de indexación mensual establecida por el organismo regulador.
El Costo Propio de Distribución (CPD) de ambas distribuidoras fue ajustado en un 2,82 %, considerando las variaciones publicadas por el INDEC para abril de 2025: un 2,83 % en el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y un 2,78 % en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), aplicando ponderaciones del 67 % y 33 %, respectivamente. El CPD actualizado incorpora los efectos de precio derivados del mecanismo de indexación mensual y tiene por objeto preservar el valor real de la remuneración durante todo el período tarifario.
Los nuevos cuadros tarifarios contemplan segmentaciones por niveles de ingresos establecidos por la Secretaría de Energía (Niveles 1, 2 y 3), usuarios sin acceso a gas en zonas frías, clubes de barrio y entidades de bien público. Además, se actualizan las tarifas para usuarios-generadores y, en el caso de EDENOR, se incorporan los valores tarifarios para el sistema de medición autoadministrada.
Las resoluciones instruyen a las distribuidoras a incluir en las facturas el desglose del “Costo del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM)” y el “Subsidio Estado Nacional”, conforme a los valores establecidos en las Resoluciones SE N° 171/2025 y N° 226/2025.
Acceda el texto completo de las resoluciones: Resolución 400/2025 y Resolución 401/2025
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