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El Ente Nacional Regulador del Gas somete a consulta pública una adenda a la NAG-100 para habilitar factores de diseño de hasta 0,80 en gasoductos de transmisión.

Mediante la Resolución ENARGAS 956/2025, publicada en el Boletín Oficial el 18/12/25, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) dispuso la puesta en consulta pública del proyecto de Adenda N° 4 (2025) de la norma NAG-100 “Normas Argentinas Mínimas de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas Natural y otros Gases por Cañerías”, cuyo propósito es habilitar la posibilidad de operar gasoductos de transmisión con un factor de diseño de hasta 0,80, sujeto al cumplimiento de condiciones técnicas que garanticen su integridad estructural y operativa.

La iniciativa se enmarca en las competencias del ENARGAS para dictar reglamentos en materia de seguridad y procedimientos técnicos (artículo 51, inciso b, Ley 24.076 – T.O. 2025) y en su facultad general para adoptar medidas necesarias para el cumplimiento de los fines del régimen. En este contexto, se señala que la actualización normativa busca acompañar el desarrollo de nuevas tecnologías y alinear el estándar local con prácticas internacionales. Asimismo, se destaca que la propuesta fue impulsada por las licenciatarias del servicio público de transporte de gas (TGS y TGN), con sustento en un estudio técnico elaborado por una consultora especializada en integridad de ductos, gestión de riesgos y diseño de infraestructura de transporte de gas.

El proyecto contempla, entre otras modificaciones, ajustes a las secciones 611 y 619 de la Parte L “Operaciones”, la incorporación de una nueva Sección 620 que establece un régimen alternativo de Máxima Presión Admisible de Operación (MAPOALT), y la adición de la Sección 328 en la Parte G para requisitos de construcción aplicables a ductos nuevos. Para la habilitación del régimen MAPOALT, se prevén exigencias técnicas tales como evaluaciones cuantitativas de riesgo y análisis de confiabilidad estructural, ensayo de presión de referencia equivalente al 100% de la TMFE para operar con factores de diseño mayores a 0,72, programas de integridad reforzados y trazabilidad de la documentación técnica, junto con criterios de exclusión de tramos que no cumplan especificaciones mínimas. Para ductos nuevos, se contemplan requisitos diferenciales, los cuales son materiales, inspecciones y condiciones de seguridad operativa.

La resolución establece un plazo de veinte días hábiles administrativos desde su publicación para presentar comentarios y observaciones, los que no tendrán carácter vinculante y que el expediente se encuentra disponible para consulta en la sede central del ENARGAS y en sus delegaciones. A su vez, ordena la publicación del proyecto en la sección “Elaboración participativa de normas” del sitio web del ENARGAS por el plazo indicado de veinte días y dispone la notificación a las licenciatarias de distribución y transporte y al Instituto Argentino del Petróleo y del Gas.

Acceda al texto completo de la norma  aquí.


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