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El ENARGAS somete a consulta pública un nuevo reglamento para la asignación de capacidad de transporte firme

Mediante la Resolución 385/2026 (B.O. 01/04/2026), el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) dispuso la puesta en consulta pública del proyecto denominado “Reglamento para la Asignación de Capacidades de Transporte Firme”, junto con el “Modelo de Manifestación de Interés”, el “Modelo de Oferta Irrevocable” y el “Procedimiento para la Asignación de Capacidad de Transporte Firme”, con el objeto de establecer un nuevo marco aplicable al acceso y adjudicación de capacidad de transporte firme de gas natural bajo el principio de acceso abierto.

De los considerandos surge que el eje central del proyecto es reforzar el principio de acceso no discriminatorio a la capacidad disponible de transporte, prevenir asignaciones discrecionales y promover condiciones de competencia, transparencia e igualdad entre los distintos interesados.

El proyecto prevé que las expansiones del sistema puedan canalizarse a través de concursos abiertos con distintas modalidades, incluyendo expansiones factibles con la tarifa vigente, expansiones no factibles con la tarifa vigente y expansiones por prepago. A su vez, establece que las bases de cada concurso deberán ser aprobadas por la autoridad regulatoria, difundidas públicamente y acompañadas de modelos uniformes para la presentación de manifestaciones de interés y ofertas irrevocables. Estos modelos requieren, entre otros datos, la identificación del solicitante, el período de capacidad solicitado, los puntos de recepción y entrega, el volumen requerido y, en el caso de distribuidoras y subdistribuidoras, la identificación de la porción de capacidad destinada al abastecimiento de la demanda ininterrumpible. También se prevé expresamente que, en caso de prorrateo, el oferente deba indicar si acepta o no una reducción de la capacidad solicitada.

El reglamento proyectado también introduce criterios de evaluación y prioridades. La transportista deberá adjudicar con base en el mayor valor actual de las ofertas irrevocables, tomando en cuenta el valor unitario por metro cúbico de capacidad reservada. Sin perjuicio de ello, se reconoce prioridad a las distribuidoras cuando la capacidad sea requerida para abastecer demanda ininterrumpible, sujeto al análisis previo del ENARGAS. Asimismo, se establece que las cesiones de capacidad entre cargadores deberán realizarse exclusivamente a través de concursos abiertos, se excluyen las renovaciones automáticas de contratos de transporte firme y se dispone que, cuando una licenciataria de transporte requiera capacidad firme para ciertas actividades permitidas por la reglamentación del artículo 34 de la Ley 24.076, el concurso deberá ser organizado directamente por la autoridad regulatoria.

Finalmente, la resolución fija un plazo de quince (15) días corridos desde su publicación para que licenciatarias de transporte y distribución, titulares de autorizaciones, concesionarios, transportistas y terceros interesados presenten observaciones, sugerencias o comentarios a través de la Mesa de Entradas Virtual del ENARGAS, aclarando que tales presentaciones no tendrán carácter vinculante. Según el esquema procedimental incorporado como anexo, el sistema propuesto se estructura en dos etapas sucesivas (manifestaciones de interés y concurso abierto) y contempla un plazo máximo total de noventa (90) días hábiles desde la primera publicación hasta el eventual acto de adjudicación, con intervención del ente regulador en distintas fases del proceso. De este modo, el organismo avanza en la revisión de las reglas aplicables a la contratación de capacidad firme en el mercado de transporte de gas natural, procurando compatibilizar el desarrollo de nuevas inversiones con los principios de acceso abierto y competencia.

Acceda al texto completo en el Boletín Oficial: BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS – Resolución 385/2026


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