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El BCRA prorrogó el plazo para cumplimentar el “Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes”

El Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”), a través de la Comunicación “A” 7273 de fecha 29 de abril de 2021 (la “Comunicación 7273”), prorrogó:

  • hasta el 31 de mayo de 2021, el vencimiento del plazo para que aquellos exportadores e importadores incluidos en el listado de sujetos obligados dado a conocer a través de la Comunicación «C» 89476 de fecha 21 de marzo de 2021 (los “Sujetos Obligados”), cumplimenten el «Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes” establecido por la Comunicación «A» 7200 (el “Registro”); y
  • hasta el 1° de junio de 2021, la fecha a partir de la cual las entidades financieras deberán contar con la conformidad previa del BCRA para dar curso operaciones que correspondan a egresos por el mercado de cambios a ser realizadas por Sujetos Obligados cuyo trámite de cumplimiento con el Registro conste como “No Inscripto”.

Acceda al texto completo de la Comunicación 7273 aquí.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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