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Convocatoria a concurso público para la exploración de hidrocarburos de áreas Costa afuera

En virtud del Decreto 872/2018 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, de fecha de 1° de octubre de 2018, y con el fin de promover el incremento de la producción de hidrocarburos a los efectos de lograr la seguridad de abastecimiento y de satisfacer las necesidades de hidrocarburos del país con el producido de sus yacimientos, manteniendo reservas que aseguren esa finalidad, la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda fue instruida por el PEN a convocar a Concurso Público Internacional para la adjudicación de permisos de exploración para la búsqueda de hidrocarburos en las áreas del ámbito costa afuera ubicadas en la Plataforma Continental Argentina situadas a partir de las 12 millas marinas medidas desde las líneas de base establecidas por la Ley N° 23.968 y sus modificatorias (las “Áreas Costa Afuera” que se determinan con detalle en el Anexo I al Decreto).

Conforme lo dispuesto en el Decreto, la Plataforma Continental Argentina y las distintas cuencas exploratorias que la integran se encuentran sub-exploradas y con menos del 1% de la superficie concesionada y ante la necesidad de inversiones importantes en las nuevas tecnologías de exploración disponibles, la Secretaría estableció que resulta necesario y oportuno adoptar medidas tendientes a incrementar el conocimiento, la exploración y producción de las Áreas Costa Afuera, a través de inversiones efectivas en tareas de prospección sísmica y exploratorias.

A tal efecto, se estimó conveniente establecer un programa de convocatorias o rondas de Concursos Públicos Internacionales con el fin de adjudicar permisos de exploración en las Áreas Costa Afuera.

Los concesionarios que resulten concesionarios de explotación abonarán regalías sobre la producción de la concesión entre 5% y 12% en función del grado de desarrollo de los respectivos proyectos (el porcentaje surgirá de aplicar anualmente la fórmula establecida en el Anexo II al Decreto).

Además, la Secretaría fue instruida a autorizar la inclusión, en los permisos de exploración que se otorguen en el marco del Concurso Público y en las concesiones de explotación, de cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales internacionales con sede en un Estado Miembro de la Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Nueva York, 1958), adoptando los recaudos necesarios para que dicha aceptación no constituya renuncia alguna de la República Argentina a la inmunidad de ejecución de los siguientes bienes:

  • Cualquier reserva del Banco Central de la República Argentina
  • Cualquier bien perteneciente al dominio público localizado en el territorio de la República Argentina, incluyendo los comprendidos por los artículos 234 y 235 del Código Civil y Comercial de la Nación
  • Cualquier bien localizado dentro o fuera del territorio argentino que preste un servicio público esencial
  • Cualquier bien (sea en la forma de efectivo, depósitos bancarios, valores, obligaciones de terceros o cualquier otro medio de pago) de la República Argentina, sus agencias gubernamentales y otras entidades gubernamentales relacionadas con la ejecución del presupuesto, dentro del alcance de los artículos 165 a 170 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014)
  • Cualquier bien alcanzado por los privilegios e inmunidades de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares, incluyendo, pero no limitándose a bienes, establecimientos y cuentas de las misiones argentinas
  • Cualquier bien utilizado por una misión diplomática, gubernamental o consular de la República Argentina
  • Impuestos y/o regalías adeudados a la República Argentina y los derechos de la República Argentina para recaudar impuestos y/o regalías
  • Cualquier bien de carácter militar o bajo el control de una autoridad militar o agencia de defensa de la República Argentina
  • Cualquier bien que forme parte de la herencia cultural de la República Argentina
  • Los bienes protegidos por cualquier ley de inmunidad soberana que resulte aplicable

Por último, las provincias con jurisdicción sobre las Áreas Costa Afuera fueron invitadas a coordinar con la Secretaría la convocatoria a concursos públicos internacionales en términos similares a los que dicha autoridad determine.

Acceda al texto completo del Decreto y sus Anexos (Anexo I y Anexo II)

NOTA: Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.