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Constitución de Carboeléctrica Río Turbio S.A. y la integración de su capital social inicial

1. Introducción

A través de la Resolución 1181/2025 (B.O. 19-08-25), el Ministerio de Economía (MECON) instruyó a la Secretaría de Energía y a la Secretaría de Minería a constituir la firma Carboeléctrica Río Turbio Sociedad Anónima (CRT S.A.), a suscribir el acta constitutiva, designar autoridades e integrar, en nombre del Estado Nacional, el capital social inicial de pesos treinta millones ($ 30.000.000), así como a realizar todos los actos necesarios para instrumentar lo dispuesto en el Decreto 115/2025.

2. Puntos principales

a. Objeto y alcance. El MECON dispuso la efectiva constitución de CRT S.A. y su puesta en funcionamiento, en cumplimiento del Decreto 115/2025 que ordenó la transformación de Yacimientos Carboníferos Río Turbio y de los Servicios Ferroportuarios en una sociedad anónima regida por la Ley General de Sociedades 19.550. (cfr. art. 1° y dec. 115/2025, arts. 1° y 3°).

b. Capital social inicial. Se instruye la integración, en nombre del Estado Nacional, del capital social fijado inicialmente en $ 30.000.000, conforme al Estatuto aprobado por el decreto citado. (cfr. art. 1° y dec. 115/2025, art. 3°).

c. Rol de las Secretarías. La Secretaría de Energía y la Secretaría de Minería deben suscribir el acta constitutiva, designar autoridades y realizar los actos registrales y administrativos necesarios ante la Inspección General de Justicia y demás organismos competentes. (cfr. art. 1° y dec. 115/2025, arts. 15 y 16).

d. Estructura y representación accionaria de referencia. Se mantiene como marco de referencia lo previsto por el Decreto 115/2025 respecto de la representación de los derechos accionarios del Estado Nacional: 95% por la Secretaría de Energía y 5% por la Secretaría de Minería. (cfr. dec. 115/2025, art. 2°).

e. Vigencia La resolución rige desde su publicación en el Boletín Oficial. (cfr. art. 2°).

3. Conclusión

Según se verifica de su texto, la resolución reseñada operacionaliza la transformación societaria de YCRT al ordenar la constitución formal y la integración del capital de CRT S.A., habilitando la puesta en marcha de su gobierno corporativo y los trámites registrales necesarios. Se espera que ello brinde certeza organizativa al complejo minero‑carbonífero, ferroviario, portuario y energético (después de años de incertidumbre en cuanto a su naturaleza jurídica), bajo el régimen de la Ley 19.550.

Acceda al texto completo de la norma aquí.


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