La Comisión Nacional de Valores reformuló el régimen aplicable a los Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR) y Certificados de Valores Argentinos (CEVA), incorporando estándares internacionales para productos cotizados, ampliando el universo de activos subyacentes y reforzando los mecanismos de transparencia e información al inversor. La medida busca modernizar el marco regulatorio vigente y fomentar el desarrollo del mercado de capitales local.
Con fecha 29 de mayo de 2026, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) emitió la Resolución General N° 1142/2026 (la “Resolución”), mediante la cual introduce una reorganización integral del régimen aplicable a los CEDEAR y CEVA, diferenciando expresamente el tratamiento de cada instrumento y estableciendo un marco regulatorio más claro y sistematizado. En este sentido, se precisan los requisitos para su emisión, negociación y funcionamiento, procurando adecuar la regulación local a las prácticas observadas en los principales mercados internacionales.
Entre los cambios más relevantes, se incorporan conceptos y mecanismos propios de los Exchange Traded Products (ETPs), incluyendo la figura de los Participantes Autorizados y procedimientos específicos para la creación y cancelación de valores. Asimismo, se establecen nuevas exigencias de información y transparencia destinadas a mejorar la formación de precios y el acceso de los inversores a información relevante sobre los activos subyacentes.
La resolución también amplía las posibilidades de estructuración de CEDEAR al permitir que representen participaciones en determinados fondos cotizados (ETFs) vinculados a índices de acciones, materias primas y activos virtuales. Esta modificación amplía significativamente el abanico de alternativas de inversión disponibles en el mercado local y facilita el acceso indirecto a nuevas clases de activos.
Por otra parte, la CNV simplifica determinados aspectos regulatorios al eliminar la distinción normativa entre CEDEAR patrocinados y no patrocinados, manteniendo únicamente obligaciones de divulgación cuando dicha condición exista. A su vez, se actualizan los requisitos aplicables a los sujetos habilitados para actuar como emisores, incorporando exigencias vinculadas a su capacidad operativa y solvencia. La Resolución también refuerza las reglas de custodia, segregación y registración de los valores negociables subyacentes. En particular, exige que los activos que respaldan los CEDEAR o CEVA se encuentren identificados y segregados respecto del patrimonio del emisor, y que sean registrados contablemente en cuentas de orden, con el objetivo de reducir riesgos de confusión patrimonial y fortalecer la protección de los tenedores.
En términos generales, la reforma procura fortalecer la competitividad del mercado de capitales argentino, promover una mayor integración con los mercados financieros internacionales y generar condiciones que favorezcan el desarrollo de nuevos productos de inversión, manteniendo estándares adecuados de protección para los inversores.
Como novedad adicional, la Resolución prevé que los CEDEAR y CEVA puedan ser representados digitalmente, en forma total o parcial, en los términos del Título XXII de las Normas de la CNV, que regula la representación digital o tokenización de valores negociables.
La Resolución General Nº 1142/2026 fijó su entrada en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el día 02/06/2026. El texto completo de la Resolución puede ser consultado aquí.
Esta publicación fue elaborada según información de fecha 01/06/2026 y no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.
Para más información comunicarse con:
Sebastián Luegmayer – LuegmayerS@eof.com.ar
Nicolás Fernández Madero – fernandezmaderon@eof.com.ar


