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Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica por concesión de obra pública

Mediante el Decreto 921/2025 (B.O. 29/12/2025), el Poder Ejecutivo Nacional dispuso que las obras de ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica declaradas prioritarias por la Resolución del Ministerio de Economía 715/2025 se ejecuten bajo el régimen de concesión de obra pública previsto en la Ley 17.520, a título gratuito y mediante Licitación Pública Nacional e Internacional.

Según los considerandos, la decisión se vincula con los objetivos de la Ley 24.065 en materia de confiabilidad del servicio, libre acceso a la capacidad de transporte y promoción de inversiones en el sistema, así como con la emergencia del Sector Energético Nacional prorrogada hasta el 9 de julio de 2026. En ese marco, se adopta el esquema concesional de la Ley 17.520 como alternativa para impulsar inversión privada en la construcción, operación y mantenimiento de las ampliaciones, sin comprometer recursos públicos de manera directa.

El decreto remite a las obras identificadas como prioritarias en el anexo de la Resolución 715/2025. En los considerandos se menciona, que mediante la Resolución de la Secretaría De Energía del Ministerio de Economía N° 311/25 se instruyó a la Subsecretaría De Energía Eléctrica a que elabore la documentación preparatoria destinada a contratar la construcción, operación y mantenimiento de las obras “AMBA I”, “Línea 500 kV Río Diamante – Charlone – O’Higgins” y “Línea 500 kV Puerto Madryn – Choele Choel – Bahía Blanca”.

Asimismo, el Decreto 921/2025 delega en la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía la conducción del proceso licitatorio y la implementación del régimen concesional, incluyendo la aprobación de pliegos y documentación técnica, la convocatoria a la licitación, la conformación y organización de la Comisión Evaluadora, la calificación de oferentes y el tratamiento de impugnaciones, el dictado del acto de adjudicación y la suscripción de los contratos de concesión.

Por su parte, el Ministerio de Economía será la Autoridad de Aplicación de los contratos de concesión, a cargo de su supervisión y control. La Secretaría de Energía queda facultada a dictar normas complementarias y operativas para la ejecución de la medida.

Acceda al texto completo de la norma en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/336788/20251229


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