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La Secretaría de Energía actualiza los precios mínimos del bioetanol para su mezcla obligatoria con naftas

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía estableció, mediante la Resolución 25/2026, los precios mínimos de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y de maíz, destinados a la mezcla obligatoria con naftas, aplicables a las operaciones que se realicen durante el mes de febrero de 2026, en el marco del Marco Regulatorio de Biocombustibles aprobado por la Ley 27.640.

Según los considerandos, la actualización responde a la necesidad de evitar desfasajes entre los precios regulados y los costos reales de elaboración, así como de prevenir distorsiones en el precio final de los combustibles fósiles en surtidor.

En ese marco, la resolución fija los siguientes precios mínimos:

  • $ 1.000,868 por litro para el bioetanol elaborado a base de caña de azúcar.
  • $ 917,323 por litro para el bioetanol elaborado a base de maíz.

Ambos valores rigen para las operaciones correspondientes al mes de febrero de 2026 y hasta la publicación de un nuevo precio que los reemplace, y constituyen los valores mínimos obligatorios para la comercialización en el mercado interno.

Asimismo, la norma dispone que el plazo de pago del bioetanol no podrá exceder, en ningún caso, los treinta (30) días corridos contados desde la fecha de emisión de la factura correspondiente, reforzando las condiciones de previsibilidad comercial del sector.

La resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial el 2 de febrero de 2026.

Acceda al texto completo de la norma aquí.


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