La Secretaría de Energía mediante la Resolución 612/2025 (B.O. 02/01/2026), fijó en $ 1.797.881 el precio de adquisición del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil para las operaciones a realizarse durante enero de 2026, y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.
Asimismo, estableció que el plazo de pago del biodiesel no podrá exceder, en ningún caso, los 7 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.
La Resolución dispone que, a partir de su entrada en vigencia, todo combustible líquido clasificado como gasoil o diésel oil que se comercialice dentro del territorio nacional deberá contener un porcentaje obligatorio de biodiesel de 7,5 % en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final.
La medida se dicta en el marco de la Ley N° 27.640 (Marco Regulatorio de Biocombustibles), que asigna a la Secretaría de Energía el rol de Autoridad de Aplicación y le encomienda determinar y publicar los precios de comercialización de los biocombustibles destinados a la mezcla obligatoria con combustibles fósiles, conforme una metodología que contemple costos y rentabilidad. En ese contexto, la Resolución N° 963/2023 aprobó el procedimiento para la determinación del precio de adquisición del biodiesel, y la autoridad recordó que el último valor vigente para diciembre de 2025 había sido fijado por la Resolución N° 485/2025.
La Resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el B.O.
Acceda al texto completo en el Boletín Oficial: BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA – Resolución 612/2025
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