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La Secretaría de Energía actualiza la tarifa máxima del oleoducto Puesto Hernández – Luján de Cuyo

La Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Economía, estableció mediante la Resolución 482/2025 la nueva tarifa máxima aplicable al servicio de transporte de hidrocarburos líquidos prestado a través del oleoducto Puesto Hernández – Luján de Cuyo, que atraviesa las provincias de Mendoza y Neuquén.

La norma se dicta en el marco de los Decretos N° 44/1991 y N° 115/2019, que regulan el régimen tarifario aplicable a las concesiones de transporte de hidrocarburos y prevén revisiones quinquenales. En ese contexto, YPF S.A., concesionaria del oleoducto, solicitó la actualización correspondiente al período 2025–2029.

Según los considerandos, la Dirección Nacional de Transporte e Infraestructura verificó in situ las inversiones ejecutadas por la empresa —registradas también mediante documentación fotográfica—, destinadas a mantener las condiciones de seguridad y calidad del servicio. Con base en dicha información, se aplicó la metodología de flujo de fondos quinquenal, que remunera costos operativos, amortización de capital y una rentabilidad razonable.

El nuevo valor aprobado para el quinquenio es de:

USD 8,04 por m³
(tarifa máxima, sin IVA)

La resolución establece además que YPF S.A. deberá:

  • Presentar anualmente una certificación técnica-contable sobre las inversiones ejecutadas.
  • Informar en diciembre de cada año las tarifas efectivamente aplicadas, mediante el formulario de declaración jurada incluido como Anexo I.
  • Mantener el acceso no discriminatorio a los cargadores, conforme al Decreto N° 44/1991.

Las empresas transportadoras y los cargadores deberán informar los contratos celebrados, en copia certificada. La medida entrará en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.

Acceda al texto completo de la norma aquí


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