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El Poder Ejecutivo Nacional impulsa la gestión electrónica para procedimientos de privatización

A través del Decreto N° 416/2025 (B.O. 18-06-25), el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) encomendó a la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC) la implementación de herramientas electrónicas específicas para llevar adelante procedimientos de privatización previstos en las Leyes Nros. 27.742 y 23.696. Esta medida complementa el marco normativo vigente y busca fortalecer los principios de transparencia, concurrencia y eficiencia en el manejo de recursos públicos.

El Decreto N° 416/2025 complementa y refuerza los procedimientos de privatización de sociedades y empresas contempladas en la Ley N° 27.742 -y regulados por la Ley N° 23.696-, permitiendo la utilización de sistemas electrónicos en miras de llevar a cabo procedimientos ágiles, públicos y trazables. Se espera que esta modernización contribuya a una gestión más eficiente de los recursos públicos y a un mayor control ciudadano sobre estos procedimientos.

 

Sistemas electrónicos para privatizaciones
  • El PEN encomendó a la ONC implementar un nuevo módulo dentro del sistema CONTRAT.AR, destinado a gestionar electrónicamente los procedimientos de licitación o concurso público por conducto de los cuales tramiten las privatizaciones dispuestas en el marco de las Leyes Nros. 27.742 y 23.696 (cfr. art. 1°).
  • Se estableció el uso del sistema SUBAST.AR como plataforma electrónica para los procedimientos de remate público en el marco de privatizaciones (cfr. art. 2°).
  • La ONC fue facultada para dictar normas complementarias y operativas que permitan la implementación efectiva del nuevo módulo (cfr. art. 3°).

 

Participación de interesados y condiciones
  • Los interesados deberán inscribirse y validarse como usuarios externos en el sistema CONTRAT.AR o como oferentes en SUBAST.AR, según corresponda, conforme a la normativa aplicable (cfr. art. 4°).
  • No será necesario registrarse como contratistas estatales para participar en los procesos mencionados, en línea con lo previsto en el Decreto N° 1105/89.

 

Aplicación normativa y antecedentes
  • El nuevo esquema se enmarca en lo dispuesto por el Decreto N° 695/24, que reglamenta el Título II, Capítulo II de la Ley N° 27.742 sobre privatizaciones.
  • Se reconoce la equivalencia entre el remate público previsto en la Ley N° 23.696 y la subasta pública gestionada electrónicamente mediante SUBAST.AR.
  • La medida se alinea con los objetivos de transparencia, competencia y gobierno abierto establecidos por el marco legal vigente.

Acceda al texto completo de la norma aquí.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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