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Modificación del Baremo Laboral para la determinación de Incapacidades Laborales

El Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 549/2025 (DECTO-2025-549-APN-PTE), publicado en el Boletín Oficial el 06/08/2025, mediante el cual se sustituye el Anexo I del Decreto N° 659/1996 y su modificatorio, que contenía la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales prevista en la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo.

La norma introduce una nueva Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales que se incorpora como ANEXO 1 del Decreto, elaborada sobre la base de criterios médicos, científicos y técnicos actualizados, con el objeto de dotar al sistema de mayor precisión, homogeneidad y objetividad en la determinación del grado de incapacidad psicofísica resultante de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

El decreto establece además que:

  • La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) queda facultada para dictar normas complementarias y aclaratorias, así como para implementar programas de capacitación dirigidos a los Peritos Médicos Oficiales y a los integrantes de los Cuerpos Médicos Forenses.
  • Se invita a las jurisdicciones locales a impulsar la integración de los Cuerpos Médicos Forenses en los términos del art. 2 de la Ley N° 27.348, para intervenir en los procesos judiciales vinculados a contingencias laborales en el marco de la Ley N° 24.557 y sus modificaciones.

Respecto de su entrada en vigencia, el artículo 3° del Decreto 549/2025 dispone expresamente que:  “La ‘TABLA DE EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES LABORALES’, sustituida por el artículo 1° del presente decreto, entrará en vigencia a los CIENTO OCHENTA (180) días corridos, contados desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL, y a partir de esa fecha resultará de aplicación a toda valoración o determinación de incapacidad laboral que no haya sido aún dictada, independientemente de la instancia administrativa o judicial en la que se encuentre.”

Con esta modificación, el Poder Ejecutivo Nacional actualiza el “Baremo Laboral” aplicable en el régimen de riesgos del trabajo, reforzando la obligatoriedad de criterios uniformes para la determinación de incapacidades laborales y buscando garantizar mayor seguridad jurídica en el ámbito administrativo y judicial.

Acceda al texto completo del decreto aquí.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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