Mediante la Resolución 357/2025 (en adelante “Res. 357/2025) publicada en el Boletín Oficial el pasado 24 de septiembre, el Secretario de Coordinación de Producción, en ejercicio de las competencias de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, dispuso la derogación de un amplio conjunto de resoluciones y disposiciones reglamentarias dictadas en el ámbito de dicha Autoridad de Aplicación.
La medida tiene por fin, modernizar y simplificar las regulaciones dictadas en la materia de acuerdo a los objetivos de la Ley N° 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos y el DNU N° 70/2023. Es así que se busca reducir la carga administrativa y burocrática, y eliminar la superposición, y dispersión de normas a efectos de actualizar la normativa y garantizar seguridad jurídica a los agentes intervinientes.
I. PUNTOS PRINCIPALES
a) Marco normativo de sustento.
La resolución se enmarca en la derogación previa de la regulación complementaria a leyes clave como la Ley N° 20.680 de Abastecimiento, la Ley N° 27.545 de Góndolas, y la disolución del Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC), creado por la Ley N° 26.993.
b) Derogación de normativas por Anexo.
El Secretario de Coordinación de Producción, en ejercicio de las competencias de la Secretaría de Industria y Comercio, derogó expresamente 71 resoluciones y disposiciones, incluidas las normas modificatorias, conforme el Anexo IF-2025-95320820-APN-SSDCYLC#MEC, que forma parte integral de la norma.
c) Resoluciones destacadas afectadas.
Las normas derogadas incluyen disposiciones que regulaban diversos aspectos, especialmente aquellos vinculados con el control de precios, los requisitos de información para la comercialización de bienes y los procedimientos de autorización de importaciones. Entre ellas, se destacan normativas sobre:
i. Precios y Abastecimiento: Derogación de las normas amparadas en el marco de la Ley N° 20.680 de Abastecimiento (actualmente abrogada por el art. 9° del DNU 70/2023), que otorgaba a la Autoridad de Aplicación la potestad de establecer márgenes de utilidad y precios de referencia o máximos/mínimos para sectores como consumo masivo como son: papa, hidrocarburos y televisión paga.
ii. Normativas de comercialización de productos: la regulación sobre las buenas prácticas comerciales de distribución de productos, fueron suprimidas del régimen normativo. Así también, se eliminó el programa de estímulo al pequeño productor de granos y normas relacionadas.-
iii. Regulación de Consumo Protegido (COPREC): la Resolución también abarcó a las resoluciones y disposiciones que reglamentaban el procedimiento de Consumo Protegido, como eran los requisitos exigidos para los conciliadores de esta instancia, pautas para los acuerdos y homologación de estos, entre otros.
II. CONCLUSIÓN
El Secretario de Coordinación de Producción, en ejercicio de las competencias de la Secretaría de Industria y Comercio, ha impulsado un control normativo profundo, ajustando y eliminando el plexo reglamentario asociado a leyes de control y al servicio COPREC. El impacto esperado es una reducción significativa de las obligaciones formales y regulatorias sobre proveedores y empresas, contribuyendo a la simplificación del marco legal y a una mayor seguridad jurídica en el sector comercial y de consumo.
III. VIGENCIA
La Resolución 357/2025 entró en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el 25 de septiembre de 2025.
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Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.
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