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La CNV somete a consulta pública un proyecto de reforma del régimen de CEDEAR y CEVA

Con fecha 1 de abril de 2026, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) emitió la Resolución General N.º 1123, mediante la cual abrió el procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” respecto del “Proyecto de Resolución General s/ CEDEAR y CEVA (Modificación Capítulo VIII del Título II de las Normas)”. La propuesta apunta a reorganizar y actualizar el régimen aplicable a dichos instrumentos, con el objetivo de ampliar la oferta de valores negociables disponibles para los inversores, incrementar la liquidez de los activos subyacentes, mejorar la formación de precios y fortalecer la integración del mercado argentino con los mercados globales.

La CNV dispone la apertura del procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas”, esto implica que el proyecto está sujeto a opiniones y propuestas del público por un plazo de 15 días hábiles, por lo cual, es posible que se realicen modificaciones en el texto original.

El Anexo I de la resolución establece disposiciones comunes a CEDEAR y CEVA, disponiendo que en ambos casos la gestión del instrumento deberá ser pasiva. Asimismo, precisa qué entidades podrán emitirlos, regula el canje por los valores negociables subyacentes cuando ello esté previsto, exige que los subyacentes se mantengan libres de gravámenes y establece deberes de responsabilidad, registración, segregación, transparencia e información continua.

En lo específico, la propuesta distingue expresamente entre CEDEAR —destinados a representar valores negociables emitidos y negociados en el exterior— y CEVA —aplicables a valores negociables emitidos y negociados por oferta pública en la República Argentina—.

En el caso de los CEVA, el proyecto los define como vehículos aptos para crear localmente ETF de gestión pasiva, prevé su estructuración como vehículos abiertos, cerrados o híbridos, incorpora la figura de los Participantes Autorizados y exige la actuación de Hacedores de Mercado, junto con reglas de transparencia en tiempo real, publicación diaria de la canasta subyacente, divulgación del valor liquidativo indicativo, información sobre tracking error y pautas para dividendos, rebalanceos y préstamo de valores. Respecto de los CEDEAR, el proyecto mantiene su función como certificados representativos de valores negociables emitidos en el exterior, aunque reorganiza su régimen y precisa cuestiones relevantes de custodia, segregación, canje, deberes de información y responsabilidad de la emisora. Asimismo, admite expresamente la posibilidad de solicitar oferta pública de CEDEAR representativos de ETF extranjeros que repliquen pasivamente índices ampliamente difundidos vinculados a renta variable, activos virtuales o commodities, sujetos a determinadas condiciones de liquidez y respaldo informativo.

La Resolución General CNV 1123 dispuso su entrada en vigencia a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, el día 8 de abril de 2026. No obstante, corresponde aclarar que lo que entró en vigencia fue la apertura del procedimiento de consulta pública, mientras que las modificaciones propuestas al régimen de CEDEAR y CEVA contenidas en el Anexo I permanecen sujetas a observaciones y eventuales ajustes antes de su aprobación definitiva.

El texto completo de la Resolución General CNV 1123 puede ser consultado aquí.


Esta publicación fue elaborada según información de fecha 06/04/2026 y no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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