Con fecha 18 de septiembre de 2025, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) emitió la Comunicación “A” 8331 (la “Comunicación”), mediante la cual introdujo adecuaciones al régimen de acceso al mercado de cambios en operaciones vinculadas a la adquisición de empresas locales y la repatriación de inversiones, entre ellas:
- Se habilita el acceso para repatriaciones directas de no residentes destinadas a adquirir empresas locales, siempre que no se trate de entidades financieras ni de empresas controlantes de ellas.
- Se establece un marco específico para residentes que adquieran la totalidad del capital accionario de empresas no residentes cuyo único activo sea una participación en una compañía argentina. En estos casos, el residente deberá comprometerse a: (i) cambiar la residencia de la empresa adquirida a Argentina en un plazo máximo de 12 meses; (ii) no distribuir utilidades o dividendos hasta que dicho cambio se concrete; y (iii) en caso de vender la empresa del exterior a un no residente, ingresar y liquidar el pago en el mercado local dentro de los 15 días hábiles.
- También se prevé un régimen para repatriación de inversiones asociadas a concesiones de explotación de recursos naturales, siempre que (i) el acceso se concrete junto con financiamiento que cumpla ciertos requisitos (vida promedio no inferior a 4 años y al menos 3 años de gracia), (ii) la operación implique transferir al menos el 10% de la participación, y (iii) si la documentación que acredita la tenencia no está disponible al momento del acceso, se presente dentro de los 60 días posteriores.
La norma busca brindar mayor claridad y previsibilidad a las operaciones de inversión y repatriación en el mercado local.
El texto completo de la Comunicación “A” 8331 puede accederse aquí.
Esta publicación fue elaborada según información de fecha 19/09/2025 y no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.
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Sebastián Luegmayer – LuegmayerS@eof.com.ar