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El Poder Ejecutivo desgrava transitoriamente el derecho de exportación para el acero, aluminio y sus derivados

A través del Decreto 726/2025 el Poder Ejecutivo efectuó una reducción de los Derechos de Exportación para determinadas posiciones arancelarias como las del acero y aluminio.

Por consiguiente, fijó en CERO POR CIENTO (0%) la alícuota de Derechos de Exportación para los productos mencionados. Los mismos se encuentran listados específicamente en su correspondiente Anexo, entre ellos se ubican el hierro, el acero y el aluminio en sus diversas formas de comercialización, como pueden ser laminados, tubos, barras, chapas, entre otras.

La particularidad de esta desgravación es que solo será de aplicación para aquellas mercaderías cuyo destino sean países que tengan vigente un arancel de importación igual o superior al cuarenta y cinco por ciento (45 %) “ad valorem”.

La presente normativa tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive, o hasta que se formalice una reducción arancelaria respecto del arancel de importación del país destino.

Será la Secretaría de Coordinación de Producción del Ministerio de Economía, el ente que deberá poner en conocimiento a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la nómina de países que apliquen un arancel de importación “ad valorem” igual o superior al cuarenta y cinco por ciento (45 %) de las mercaderías comprendidas en el Anexo, así como también las futuras modificaciones o variaciones de estos aranceles que pudieran suscitarse durante la vigencia del Decreto.

Vigencia

El reseñado Decreto entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

 

Acceda al texto completo de la norma aquí.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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